Lo juzgaron por 552 plantas de cannabis, declaró en juicio y terminó absuelto
El joven chaqueño aseguró que trabajaba en un proyecto de cannabis medicinal y fitogenética en Castelli. La Fiscalía retiró la acusación al considerar que su versión era verosímil y que no había pruebas suficientes para condenarlo.
Una causa federal por cultivo de cannabis y presunta comercialización de estupefacientes terminó con la absolución de un joven de Juan José Castelli, luego de que declarara en juicio y explicara que las plantas secuestradas formaban parte de un proyecto vinculado al cannabis medicinal y al desarrollo genético de semillas.
El caso llegó al Tribunal Oral Federal de Resistencia después de una investigación iniciada por una denuncia anónima enviada por correo electrónico a la División Antidrogas de Gendarmería Nacional. Allí se señalaba que F.E.G. se dedicaría a la venta de estupefacientes y que tendría una plantación de marihuana en su domicilio.
A partir de esa presentación, el 13 de marzo de 2024 se realizó un allanamiento en una vivienda ubicada sobre calle España al 61, en Castelli. Según consta en la sentencia, durante el procedimiento se secuestraron 329 plantines, 223 plantas desarrolladas de cannabis, ramas secas, cuatro aceites, ocho cremas de cannabis, un iPhone, dos chips y $461.000.
La prueba de campo arrojó resultado positivo para marihuana, con un peso total de 2.078 gramos. Con esos elementos, el joven llegó a juicio acusado por siembra o cultivo de material estupefaciente y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, delitos previstos en la Ley 23.737.
“Yo hacía fitogenética”: la explicación que modificó el curso del juicio
Durante el debate oral, F.E.G. declaró ante el tribunal y dio una versión que terminó siendo determinante para el desenlace del caso. Negó que se tratara de una plantación clandestina destinada a la venta de droga y sostuvo que su actividad estaba relacionada con un proyecto de cannabis medicinal y adaptación genética de semillas al suelo chaqueño.
Según relató, en 2024 se contactó por Instagram con J.C.I., una persona a la que vinculó con el cultivo legal de cannabis. Dijo que luego mantuvieron una reunión, que se firmó un contrato con su madre, propietaria del predio, y que incluso se contrataron empleados para desarrollar la actividad.
Ante el tribunal, el acusado afirmó: “Yo hacía fitogenética”. Explicó que su tarea consistía en adaptar semillas a las condiciones de la zona y aseguró que Gendarmería llegó al domicilio el mismo día en que debía realizarse la primera cosecha.
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F.E.G. también declaró que contaba con permisos vinculados al INASE, que había presentado documentación y que no tuvo intención de cometer un delito. En otro tramo de su declaración, sostuvo que “era solo empleado” y negó haber recibido instrucciones para vender marihuana. Además, indicó que las cremas y aceites secuestrados habían sido enviados desde Buenos Aires.
El testimonio que respaldó parte del relato
La declaración de J.C.I. también tuvo peso en el juicio. El testigo afirmó que en diciembre de 2023 viajó a Castelli con permisos como productor de cannabis medicinal en La Plata, con la intención de desarrollar una investigación de fitomejoramiento.
Reconoció que llevó plantas para iniciar un trabajo de desarrollo genético, aunque explicó que el proyecto no prosperó por falta de condiciones adecuadas. También señaló que el objetivo era obtener genética de calidad y no comercializar estupefacientes.
Además, indicó que F.E.G. estaba encargado del cuidado del cultivo y admitió que había dejado en la vivienda algunos aceites y cremas de cannabis.
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La Fiscalía retiró la acusación por falta de pruebas
El momento central del juicio se produjo durante los alegatos. El fiscal reconoció que el secuestro de plantas, derivados de cannabis, dinero y un teléfono era un dato objetivo, pero consideró que la explicación brindada por el acusado resultaba verosímil y encontraba respaldo en otros elementos del expediente.
La Fiscalía también cuestionó el alcance de la investigación inicial. Según el planteo fiscal, la denuncia que pretendía vincular a F.E.G. con la venta de estupefacientes resultó contradictoria y no fue corroborada con pruebas suficientes.
En ese marco, el Ministerio Público Fiscal entendió que la investigación se habría apoyado en la denuncia original y en los antecedentes del acusado, sin profundizar lo necesario en la actividad que decía realizar ni en la normativa relacionada con el cannabis medicinal.
Por esa razón, el fiscal concluyó que no existían elementos suficientes para destruir la presunción de inocencia y pidió la absolución por el beneficio de la duda.
El Tribunal consideró que no se probó la venta de droga
El juez de Cámara Juan Manuel Iglesias, constituido en Sala Unipersonal del Tribunal Oral Federal de Resistencia, hizo lugar al retiro de la acusación y resolvió absolver a F.E.G.
En la sentencia, el tribunal tuvo por acreditado que en el domicilio se encontraron plantas, plantines, productos derivados de cannabis, dinero y un teléfono celular. Sin embargo, señaló que esos elementos, por sí solos, no alcanzaban para dictar una condena.
La cuestión central era determinar si existían pruebas suficientes para demostrar que el cultivo tenía un fin ilícito o que el acusado comercializaba estupefacientes. Para el tribunal, eso no fue probado durante el debate.
El fallo remarcó que tampoco se acreditó el dolo, es decir, la voluntad consciente de realizar una conducta prohibida. En ese punto, la sentencia consideró que F.E.G. pudo haber entendido razonablemente que la actividad estaba habilitada por la existencia de un vínculo contractual, la documentación presentada y la intervención de una persona registrada para desarrollar ese tipo de actividad.
Con esos fundamentos, el Tribunal Oral Federal resolvió absolver de culpa y cargo al joven por los delitos de siembra o cultivo de material estupefaciente y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
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Qué pasará con las plantas, el dinero y el teléfono
La sentencia también ordenó la destrucción de las especies vegetales y muestras reservadas, conforme a lo previsto por la Ley 23.737.
En relación con el dinero y el teléfono celular secuestrados, el tribunal dispuso que sean restituidos una vez que el fallo quede firme.
Además, respecto de la denuncia realizada por el acusado sobre una supuesta faltante de dinero durante el procedimiento, el juez resolvió poner las actuaciones a disposición del Ministerio Público Fiscal para que evalúe si corresponde avanzar con una investigación.
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