Propiedad privada, sí. Renuncia estratégica, no
El proyecto oficial parte de una premisa equivocada: confunde la defensa de la libertad económica con el abandono de las responsabilidades permanentes del Estado.
"...proveer a la defensa común... promover el bienestar general... asegurar los beneficios de la libertad..."
Preámbulo de la Constitución Nacional
Toda organización política existe para cumplir una misión permanente: garantizar la libertad de sus ciudadanos, proteger sus derechos, administrar justicia y preservar la soberanía de la Nación. Ninguno de esos objetivos puede alcanzarse sacrificando los demás. Sin embargo, el proyecto impulsado por el Gobierno Nacional parece partir de una premisa distinta: supone que la defensa de la propiedad privada exige eliminar o debilitar las herramientas mediante las cuales el Estado protege determinados activos cuyo valor excede ampliamente el interés patrimonial de sus propietarios.
La cuestión merece ser abordada lejos de las simplificaciones ideológicas. No enfrenta al mercado con el Estado, ni a la inversión privada con la soberanía. Las democracias más desarrolladas del mundo han demostrado que ambas dimensiones pueden y deben coexistir. La verdadera discusión consiste en determinar si existen determinados bienes cuya relevancia para la seguridad, el desarrollo y la autonomía nacional justifica un régimen jurídico especial. La experiencia internacional demuestra que la respuesta es afirmativa.
Nuestra propia Constitución ofrece la primera clave para resolver esa cuestión.
El Preámbulo no concibe al Estado argentino como un simple garante de relaciones patrimoniales entre particulares. Le asigna finalidades permanentes: constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad.
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La expresión "proveer a la defensa común" no constituye una declaración simbólica. Es un mandato constitucional dirigido a todos los poderes públicos. La defensa nacional no comienza cuando aparece una amenaza militar. Comienza cuando el Estado preserva aquellas capacidades cuya pérdida limitaría gravemente su libertad futura de acción. En consecuencia, la protección de determinados activos estratégicos no representa una excepción al orden constitucional; constituye una consecuencia directa de él.
Juan Bautista Alberdi comprendió como pocos la importancia de la libertad económica, la inmigración y la inversión para el desarrollo argentino. Pero nunca confundió apertura con renuncia. Su pensamiento estuvo orientado a construir un Estado fuerte en sus funciones esenciales, capaz de crear las condiciones para el progreso sin abdicar de la defensa del interés nacional permanente. Invocar a Alberdi para justificar la desaparición de toda herramienta de protección estratégica supone ofrecer una lectura incompleta de su legado intelectual.
La propia Constitución complementa esa visión. El artículo 124 reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en sus territorios. Pero esa atribución convive con otra responsabilidad indelegable: corresponde al Estado Nacional garantizar la defensa común y preservar la soberanía. Lejos de oponerse, ambas competencias se integran. El federalismo argentino exige coordinación entre Nación y provincias cuando están en juego intereses estratégicos permanentes.
En las democracias contemporáneas esta discusión está ampliamente saldada. Estados Unidos mantiene un riguroso sistema de revisión de inversiones extranjeras cuando pueden afectar la seguridad nacional. La Unión Europea dispone de mecanismos específicos para controlar inversiones en sectores críticos. Australia, Canadá, Japón, Francia, Alemania, Brasil y otros países aplican regímenes semejantes. Ninguno considera que esas herramientas contradigan la economía de mercado. Por el contrario, entienden que la apertura económica sólo resulta sostenible cuando descansa sobre un Estado capaz de proteger aquello que garantiza su autonomía futura.
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La razón de esa coincidencia internacional es sencilla. Existen determinados bienes cuyo valor trasciende ampliamente su dimensión económica. Una central nuclear, un puerto de aguas profundas, un corredor bioceánico, una red troncal de transporte de energía, un sistema satelital, una estación espacial, una instalación de ciberdefensa o un gran reservorio de minerales críticos no constituyen simplemente activos susceptibles de explotación comercial. Son componentes esenciales del poder nacional. Condicionan la capacidad del Estado para proteger a su población, garantizar el funcionamiento de la economía, ejercer su soberanía y conservar su libertad de decisión frente a actores estatales y no estatales.
La geopolítica contemporánea confirma esa realidad. La competencia entre las grandes potencias ya no se desarrolla únicamente sobre el control de territorios. Se concentra en el dominio de cadenas de suministro, minerales estratégicos, inteligencia artificial, semiconductores, infraestructura digital, redes energéticas, sistemas satelitales, puertos, corredores logísticos y cables submarinos. El poder se mide cada vez menos por la extensión geográfica y cada vez más por la capacidad de controlar los nodos críticos que permiten el funcionamiento de la economía y de la defensa.
Por eso resulta llamativo que, precisamente cuando las principales democracias fortalecen los mecanismos de protección de sus activos estratégicos, la Argentina pretenda avanzar en sentido inverso. El mundo no se está desregulando en materia estratégica. Se está protegiendo más. La pandemia, la guerra en Ucrania, la creciente rivalidad entre Estados Unidos y China y los conflictos en Medio Oriente demostraron que la dependencia excesiva respecto de infraestructuras críticas controladas por terceros puede transformarse, en cuestión de semanas, en una vulnerabilidad nacional.
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Nuestra propia historia ofrece enseñanzas que sería imprudente ignorar.
Manuel Belgrano comprendió que la independencia política carecía de sustento sin desarrollo económico y capacidad productiva. Juan Bautista Alberdi entendió que la organización nacional requería instituciones sólidas capaces de atraer población, inversiones y progreso. Julio Argentino Roca consolidó la presencia efectiva del Estado sobre extensos espacios del territorio e impulsó la infraestructura necesaria para integrarlos. Enrique Mosconi advirtió que la autonomía energética constituía una condición indispensable para la independencia política. Manuel Savio sostuvo que ninguna Nación podía aspirar a una verdadera soberanía sin una base industrial propia. Jorge Newbery comprendió antes que muchos de sus contemporáneos que las nuevas tecnologías modificarían profundamente la naturaleza del poder de los Estados.
Cada uno actuó en contextos históricos diferentes. Sin embargo, todos compartían una misma convicción: existen capacidades cuyo desarrollo y preservación trascienden los intereses particulares porque condicionan el destino colectivo de la Nación.
La evolución tecnológica no ha debilitado esa idea; la ha reforzado. Si Newbery fue el símbolo del ingreso argentino a la era aeronáutica, hoy probablemente impulsaría el desarrollo espacial, los sistemas satelitales, la inteligencia artificial, las capacidades de ciberdefensa y las tecnologías de doble uso. La soberanía del siglo XXI ya no depende únicamente del dominio del territorio físico. También exige preservar el control sobre el espacio, el espectro electromagnético, las redes digitales y los sistemas de información que sostienen el funcionamiento del Estado moderno.
En ese contexto, instituciones como INVAP, la CONAE, ARSAT, VENG y la Comisión Nacional de Energía Atómica representan mucho más que organismos técnicos. Constituyen expresiones concretas de una tradición nacional que entendió que la ciencia, la tecnología y la innovación forman parte inseparable del poder nacional. Debilitarlas o descuidar la infraestructura que las sostiene implicaría afectar capacidades cuya reconstrucción demandaría décadas y enormes recursos.
Es precisamente aquí donde adquiere relevancia un concepto poco desarrollado en nuestro debate público: la obligación fiduciaria del gobernante.
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Quien administra bienes ajenos está jurídicamente obligado a hacerlo con la máxima diligencia y exclusivamente en beneficio de su verdadero titular. Ese principio, profundamente arraigado en el derecho, puede proyectarse con naturalidad sobre la función pública. Los gobiernos no son propietarios del Estado. Tampoco del territorio, de los recursos estratégicos ni de la infraestructura crítica. Son administradores temporarios de un patrimonio cuyo verdadero titular es la Nación.
Su responsabilidad, por lo tanto, no consiste únicamente en gestionar con eficiencia los bienes recibidos. Consiste, sobre todo, en transmitirlos íntegros —o fortalecidos— a quienes ejercerán esas mismas responsabilidades en el futuro. Cuando una decisión pública compromete de manera irreversible capacidades estratégicas cuya recuperación resultaría extremadamente difícil o directamente imposible, deja de ser una mera decisión administrativa. Pasa a involucrar el patrimonio permanente de la Nación y, por esa misma razón, exige un grado excepcional de prudencia institucional.
Esa idea encuentra una notable correspondencia con la reflexión formulada hace más de dos siglos por Edmund Burke, quien definía a la sociedad como una asociación entre quienes han muerto, quienes viven y quienes todavía no han nacido. La soberanía tampoco pertenece exclusivamente a la generación presente. Es un patrimonio construido por quienes nos precedieron, administrado transitoriamente por quienes hoy ejercen responsabilidades públicas y destinado a ser transmitido, sin menoscabo, a las generaciones futuras.
Desde esa perspectiva, la soberanía puede entenderse como un verdadero patrimonio intergeneracional. Ninguna generación posee legitimidad moral para disminuir deliberadamente las capacidades estratégicas del Estado en perjuicio de las siguientes. La obligación de proteger ese patrimonio no responde a una preferencia ideológica ni a una determinada concepción económica. Constituye una responsabilidad constitucional, ética e histórica.
La ausencia de una cultura estratégica produce un efecto particularmente nocivo: lleva a evaluar activos cuya importancia es permanente con criterios exclusivamente coyunturales. Lo que para un balance contable puede representar un inmueble, un terreno o una inversión, para la estrategia nacional puede constituir una capacidad irremplazable.
Ese es, probablemente, el problema de fondo que la Argentina arrastra desde hace décadas y no responde a un único gobierno ni a una determinada orientación política. Tampoco distingue entre administraciones nacionales o provinciales. Se trata de una insuficiente comprensión del valor estratégico del territorio, de la infraestructura crítica y de las capacidades nacionales. Sus consecuencias se han manifestado de manera reiterada bajo gobiernos de distinto signo político y continúan proyectándose hasta el presente.
La instalación de la estación espacial china en Bajada del Agrio constituye uno de los ejemplos más ilustrativos. Más allá de las explicaciones brindadas acerca de sus objetivos científicos, la decisión puso de manifiesto la ausencia de un debate nacional profundo sobre las implicancias estratégicas de permitir que una potencia extrarregional establezca una infraestructura permanente de características excepcionales en territorio argentino. Una decisión de semejante trascendencia debería haber estado precedida por una evaluación integral que involucrara a la Cancillería, al Sistema de Defensa Nacional, al Sistema de Inteligencia, a los organismos científicos competentes y al Congreso de la Nación. La cuestión excedía ampliamente la celebración de un convenio bilateral. Comprometía intereses permanentes del Estado argentino.
Algo similar puede afirmarse respecto de la instalación del radar Anglo-Estadounidense de LeoLabs en Tolhuin y las visitas de altas autoridades Militares Estadounidenses a infraestructuras navales propias en Ushuaia. El debate volvió a revelar una preocupante carencia de visión estratégica ya que Tierra del Fuego no constituye una provincia más. Es la puerta de acceso al Atlántico Sur, a la Antártida y a uno de los espacios geopolíticos más sensibles para la República Argentina. Toda infraestructura tecnológica de relevancia en esa región debería ser evaluada considerando no sólo sus beneficios económicos inmediatos, sino también sus implicancias para la política exterior, la defensa nacional y la proyección estratégica del país.
La misma lógica se observa en la progresiva enajenación de inmuebles e instalaciones pertenecientes al sistema de defensa. Numerosos predios militares fueron valorados casi exclusivamente por su potencial inmobiliario o por el alivio fiscal que su venta podía proporcionar. Muy pocas veces el debate público se detuvo a analizar qué capacidades operativas, logísticas, de instrucción, de comando o de despliegue podían verse afectadas como consecuencia de esas decisiones.
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La historia ofrece innumerables ejemplos de esa dinámica. Ningún país lamenta haber protegido en exceso su infraestructura crítica. Muchos, en cambio, han debido invertir décadas y enormes recursos para reconstruir capacidades que alguna vez consideraron prescindibles.
Precisamente por ello resulta necesario abandonar una falsa dicotomía que ha empobrecido el debate público argentino: la que enfrenta propiedad privada y soberanía como si se tratara de principios incompatibles.
La propiedad privada constituye uno de los pilares fundamentales del orden constitucional y de la libertad económica. Merece protección jurídica plena y constituye una condición indispensable para el desarrollo, la inversión y el crecimiento. Pero la soberanía representa un bien jurídico de naturaleza diferente. No pertenece a un individuo ni a una generación determinada. Pertenece a la comunidad política en su conjunto y se proyecta sobre las generaciones futuras.
Cuando ambas dimensiones convergen sobre activos cuya relevancia compromete la seguridad, la autonomía o la capacidad de decisión del Estado, la función del derecho no consiste en sacrificar una en beneficio de la otra. Consiste en armonizarlas mediante instituciones que permitan proteger simultáneamente la libertad económica y los intereses permanentes de la Nación.
La Argentina no necesita elegir entre libertad económica y soberanía. Necesita comprender que ambas se fortalecen mutuamente cuando existen instituciones capaces de distinguir entre los bienes sometidos al libre desenvolvimiento del mercado y aquellos cuya importancia trasciende el interés patrimonial de sus titulares para proyectarse sobre la seguridad, el desarrollo y la autonomía de la Nación.
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Ese objetivo exige abandonar una visión que considere al territorio, la infraestructura crítica o los recursos estratégicos como simples activos económicos. La protección de ese patrimonio no requiere cerrar la economía ni desalentar la inversión privada. Requiere reglas claras, previsibles y permanentes. Una Ley de Protección de Activos Estratégicos debería establecer mecanismos objetivos de evaluación para toda decisión que pudiera afectar capacidades esenciales del Estado; prever la intervención técnica obligatoria de los organismos competentes en materia de defensa, seguridad, relaciones exteriores, ciencia y tecnología; y reservar al Estado instrumentos excepcionales —como una participación especial o acción de oro en activos críticos— cuando estuvieran comprometidos intereses estratégicos permanentes.
Los gobiernos administran el presente, la Nación administra su historia.
El Congreso tiene una responsabilidad que trasciende el tratamiento de un proyecto de ley. El Ejecutivo, como impulsor de esta iniciativa, debe demostrar que puede defender la propiedad privada sin desarmar las herramientas jurídicas con las que el Estado protege sus intereses permanentes, y la oposición tiene una obligación igualmente ineludible: no limitarse a rechazar o acompañar el proyecto según conveniencias coyunturales, sino enriquecer el debate con los fundamentos constitucionales, estratégicos y de derecho comparado que permitan construir una legislación equilibrada, moderna y perdurable.
La historia no juzgará a esta generación de dirigentes por la intensidad de sus discursos, sino por la calidad de las instituciones que deje como legado. Porque la soberanía no suele perderse en un solo acto ni por una sola decisión. Se debilita cuando quienes tienen el deber de custodiarla renuncian a ejercer esa responsabilidad con la prudencia, la visión estratégica y el sentido histórico que exige la Constitución Nacional.
BD/AF
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