Servini rechazó el amparo de Garrido por el acto de CFK en plena veda
Para la jueza federal no hay "indicios" que el acto "tenga finalidad gubernamental o electoralista". Sus fundamentos. Cómo accionará el diputado.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner podrá encabezar con tranquilidad hoy el acto de presentación del aumento al haber de los jubilados y mantener las habituales videoconferencias con distintos puntos del país, gracias al reciente aval judicial de la magistrada María Servini de Cubría.
Es que la jueza federal con competencia electoral decidió rechazar el recurso de amparo presentado por el diputado Manuel Garrido, en el cual se acusaba a la primera mandataria de violar la veda electoral debido a que están prohibidos realizar actos de gestión de Gobierno en los 15 días previos a unas elecciones.
En la presentación del diputado consignó que "la Sra. Presidenta y a las autoridades del Frente para la Victoria que deberán abstenerse de participar y de llevar a cabo el acto previsto para mañana al mediodía en el Salón de las Mujeres de la Casa Rosada y cualquier otro acto que viole lo dispuesto por el artículo 64 qúater del Código Electoral Nacional"
En el fallo de la jueza con fecha de ayer, al que tuvo acceso Perfil.com, se decidió no hacer lugar a la petición con duros términos. "La presentación efectuada por el Dr. Garrido, se basa en meras especulaciones o suposiciones". Servini subraya que Garrido considera que el acto debería ser "de carácter institucional y no proselitista". Además le criticó que se enteró del acto de Cristina por "trascendidos periodísticos". Y describó que son "extremos que por sí solos no tienen entidad suficiente como para tornar procedente la medida peticionada"
Para Servini, la participación de Cristina en el acto, "no implica la captación de votos para un determinado partido político o alianza, ni para un candidato determinado". "Resulta imposible determinar si el mismo podría conllevar a la violación de la normativa citada", añadió.
Quieren impedir un acto de Cristina violatorio de la veda electoral
"De la situación descripta precedentemente, no surgen indicios que hagan presumir que la eventual realización de dicho acto tenga una finalidad gubernamental o electoralista, o que en el transcurso del mismo, en caso de que se realice, se vayan a producir actos de los prohibidos en el Código Electoral Nacional, siendo esas cuestiones situaciones hipotéticas no concretadas en la realidad al día de la fecha", concluyó la magistrada.
En diálogo con este medio, Garrido anticipó que apelará la medida. El diputado había expuesto que "estamos dentro del período temporal de la prohibición y el acto indudablemente apunta a captar el sufragio a favor de los candidatos del de gobierno, que la presidenta representa, tratándose de anuncios que pueden inducir al votante".
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