En el gobierno de Mauricio Macri, exactamente a fines de 2017, la ley penal tributaria para la evasión simple abarcaba un monto de $1.500.000. En la actualidad y con la crisis inflacionaria que atraviesa la Argentina, el monto mencionado aún no fue actualizado. Con el fin de ampliar la información de este tema, nos comunicamos con Edgardo Ponsetti, abogado tributarista.
“Lo que está sucediendo en la actualidad, es que cada vez más contribuyentes están siendo susceptibles de incurrir en procesos penales tributarios por la falta de actualización de los importes de la ley penal tributaria”, analizó Edgardo Ponsetti. “Para poder incurrir en una ley penal tributaria se tienen que dar 2 requisitos. El primero, que haya un engaño de ocultar la verdadera identidad del sujeto obligado o la materia imponible y el segundo, que acá está el problema, es que tiene que darse un monto evadido mayor a $1.500.000”, explicó.
La ley penal tributaria desactualizada: un problema para los contribuyentes
La ley penal tributaria es de fines del año 2017 y estableció que el monto evadido tenía que superar, para ser una evasión simple, $1.500.000. Sobre este dato, Ponsetti expuso: “El problema fue que desde el año 2017 ese importe no se actualiza. Con lo cual, estamos sufriendo un proceso inflacionario que genera que las transacciones económicas realizadas por los contribuyentes sean más susceptibles de incurrir en este tipo de procesos”.
“El 29 de diciembre de aquel año, los $1.500.000 eran 77.800 dólares. Hoy en día, si lo pasamos al dólar blue estaríamos hablando de 3.600 dólares, por lo cual, es muy fácil incurrir en este tipo de procesos penales. Es fundamental que se actualice esto”, sostuvo el abogado tributarista sobre la devaluación que tuvo el monto.
Los procesos legales que implica la falta contra la ley penal tributaria
Posteriormente, el entrevistado nombró el proceso determinativo y explicó: “El fisco inicia una etapa de inspección y posteriormente lo que se llama un proceso determinativo. Que es un oficio que se liquida en sede administrativa después en el tribunal fiscal. Cuando el fisco determina el oficio y debe más de $1.500.000 de capital, ahí recién se efectúa la denuncia penal”.
Por otro lado, Ponsetti dijo que, “la moratoria impositiva extingue la acción penal” y remarcó: “Eso es una ventaja que tienen los contribuyentes. Antes las moratorias impositivas devenían cada 8 u 10 años. En la actualidad, desde el año 2017 están sucediendo cada 2 años por un problema de caja en el Estado”.
De no poseer el dinero para pagar, el asesor legal de empresas nombró “2 supuestos” que tienen los contribuyentes. El primer supuesto tiene que ver con la evasión simple, “es excarcelable en el caso de $1.500.000. La pena es de 2 a 6 años y el monto superior de esta pena no supera los 8 años”. La segunda, consta de la evasión agravada, “lo que va a ser susceptible es que tiene penas de 6 años y 6 meses a 9 años. Por lo general, el porcentaje de quienes se le aplica penas de prisión es muy bajo por esto de las moratorias”.