La Cámara de Acusación de Córdoba confirmó la elevación a juicio del exempleado del Instituto Renault Facundo Oscar Raniolo y el exdirector del establecimiento Eduardo Cazenave. Ambos están imputados como presuntos coautores del delito de lesiones gravísimas agravadas en razón del género en perjuicio de de una trabajadora jerárquica de la institución. Son hechos que se conocen en el ámbito laboral como mobbing.
Según la investigación, durante un período prolongado, Raniolo sometió a la víctima a un continuo de hostigamientos, expresiones despectivas y actos de humillación. Según el tribunal, estas agresiones surgían de la intolerancia del imputado a que una mujer ocupara un rol de mayor jerarquía y fuera su jefa directa.
Testigos relataron que profería gritos, la desalojaba de su oficina y cuestionaba sus decisiones, desconociendo su autoridad.
Por esos hechos terminó desvinculado de la institución educativa.
Por su parte, Eduardo Cazenave, quien asumió como director del instituto en julio de 2021, fue elevado a juicio por su conducta omisiva. La justicia determinó que, a pesar de haber sido informado por la víctima sobre los maltratos, no tomó medidas eficaces para neutralizar la violencia. Por el contrario, el tribunal consideró que Cazenave revictimizó a la mujer al trasladarle la responsabilidad de resolver el "conflicto" y sugerirle que trabajara desde su casa. En efecto, entre las órdenes impartidas estuvo la de hacer la liquidación final de haberes a Raniolo cuando fue desafectado
Daño psíquico crónico
El encuadre legal de lesiones gravísimas se fundamenta en el severo deterioro de la salud mental de la víctima. Informes periciales determinaron que padece trastorno por estrés postraumático y depresión crónica, lo que le generó una incapacidad psíquica del 20%. Los peritos destacaron que su funcionamiento cerebral quedó "vulnerabilizado e hipersensibilizado", dejando una "huella indeleble" que reviste carácter permanente.
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Si ella era jefa, ¿hay violencia de género?
La Cámara, integrada por los vocales Patricia Farías, Maximiliano Davies y Carlos Salazar, rechazó los planteos de la defensa que argumentaban que no existía violencia de género porque la víctima tenía un "carácter fuerte" y era la superior jerárquica.
El tribunal fue tajante al señalar que la violencia de género no requiere que la víctima sea vulnerable o débil, sino que se define por un contexto de desigualdad estructural. En este caso, el desprecio de Raniolo hacia las órdenes de su jefa por el solo hecho de ser mujer y la indiferencia del director Cazenave ante el daño denunciado son exponentes de patrones socioculturales que la justicia debe sancionar con la debida diligencia. Con esta decisión, el proceso avanza hacia la etapa de debate oral, donde se definirá la responsabilidad definitiva de los acusados.