Las acciones judiciales contra la ley 10.694 que estableció un nuevo régimen jubilatorio no tardaron en llegar. Las primeras son acciones de inconstitucionalidad que ingresaron al Tribunal Superior de Justicia y amparos que deberán analizarse en la Cámara Contencioso Administrativa.
La reforma fue presentada en forma sorpresiva el miércoles 20 de mayo y el martes 26 de mayo ingresó al Tribunal Superior de Justicia la primera acción de inconstitucionalidad.
Las demandas que se interpusieron la semana pasada tienen que ver con uno de los puntos más agresivos de la norma. El recorte de haberes, que la ley define como “aporte solidario”, del 20% sobre los ingresos que perciben jubilados que además son beneficiarios de otros haberes como una pensión, trabajo en relación de dependencia, como autónomos o de rentas por alquiler.
La norma fija como umbral para realizar el aporte a los ingresos a partir del monto de seis jubilaciones mínimas. Actualmente, equivale a $102.000. Luego, la quita se calcula sobre la totalidad de ambos ingresos, siempre que sean de origen provincial.
La primera presentación, patrocinada por el estudio Gentile Saravia, está referida a dos jubiladas provinciales que además son pensionadas. Ingresó a la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia porque se trata de una acción de inconstitucionalidad. El mismo estudio patrocinó luego siete demandas más en representación de 48 actores, siempre sobre el mismo tema.
Por su parte, el abogado Guillermo Carena interpuso el viernes pasado un amparo contra la Caja de Jubilaciones que ingresó a la Cámara Contencioso Administrativa. Representa a un exmagistrado jubilado que además es docente universitario. “Como él hay muchísimas personas en la misma situación”, comentó el letrado. En todos los casos, se pidieron medidas cautelares para que no se aplique el recorte mientras se tramitan las causas.