DOMINGO
Comunicación

Ética judicial

06-11-2021-logo-perfil
. | Cedoc Perfil

El fortalecimiento de la ética judicial es hoy una necesidad imperiosa, especialmente ante la crisis de legitimidad y de reputación que padecen las organizaciones judiciales y sus integrantes. Muchas razones justifican los esfuerzos que se realizan para que los principios y valores de la ética judicial, uno de los pilares fundamentales del ejercicio de la magistratura, sean incorporados con naturalidad en todos los ámbitos del quehacer judicial.

En primer lugar, un actuar ético, individual e institucional, redunda en la consolidación de una Justicia más democrática, independiente, transparente y eficiente. Intangibles que se traducen en un consecuente mejoramiento de la experiencia judicial y de la reputación de los poderes judiciales.

Por ello, en los Estados de Derecho, esta fase moral y conductual de la magistratura ha sido considerada, de una forma u otra, en la letra de Constituciones nacionales, leyes orgánicas, Tratados internacionales y recomendaciones de organismos supranacionales.

Es decir que, además de la regulación de las conductas que conllevan sanciones disciplinarias y penales, aquellas regulaciones deontológicas positivas (en Constituciones y Tratados internacionales), contienen suficientes pautas para guiar el accionar diario de quienes ejercen la magistratura. No es una cuestión de intuición o de buena voluntad, solamente.

A pesar de que el camino está trazado y de que la gran mayoría cumple naturalmente con los principios básicos de la ética judicial (sin lo cual no habría posibilidad de convivencia pacífica), aún queda mucho camino por recorrer.

Si bien es sumamente importante que se sancionen códigos éticos en los poderes judiciales, el solo hecho de que existan no hace de por sí que los jueces y juezas sean más éticos. En primer lugar estas reglas orientan preventivamente los comportamientos, pero no son normas disciplinarias ni penales. No existe más coerción que el reproche moral de los pares y de la ciudadanía a la que sirve.

Frente a esto, es necesario diseñar estrategias de comunicación interna y externa para lograr transformaciones profundas en la cultura institucional judicial. Esto a fin de alcanzar finalmente una cultura de la ética, de la responsabilidad social y, en definitiva, enfocada hacia el servicio al justiciable. Esto aumentará, indefectiblemente, la eficacia de esas normas ideales y acortará la brecha entre la praxis y la normativa.

Ahora bien, antes de pensar en intervenciones en esta dimensión de la comunicación judicial, debo salvaguardar las reales posibilidades de lograr aquel cambio, para no generar falsas expectativas respecto de los resultados de una gestión profesionalizada e integral de la comunicación judicial en esta materia. Para ello, debemos destacar algunos aspectos del recorrido de quien llega a ejercer el rol de impartir Justicia, o colabora en él, que son previos y ajenos a esa intervención.

Por un lado, hay que tener en cuenta el trayecto de formación previa que se recibe desde la academia (carreras de grado y posgrado universitario). Pocas son las currículas que incorporan contenidos de ética judicial de manera obligatoria en Iberoamérica.

Por otro lado, también hay que considerar si quienes aspiran a integrar un tribunal poseen ciertas habilidades y características indispensables para encajar en el perfil de los puestos de responsabilidad como los de la magistratura, al momento de su asunción. Es decir, que desde los procesos de selección de la judicatura deberían aplicarse, seria e interdisciplinariamente, herramientas de valoración eficientes para detectar la existencia o no de las competencias particulares que se requieren para desempeñarse en el rol.

Entonces, ya dentro de los poderes judiciales, a fin de fortalecer la naturalización de las normas de ética judicial, se torna indispensable la planificación e implementación de acciones de comunicación interna. Esto incluye campañas de sensibilización, iniciativas de formación, diálogo y debate intrainstitucional, por canales y en espacios de intercambio específicos dentro de la propia institución.

Por último, la intervención de la gestión de la comunicación impone, además, la definición de políticas y acciones de comunicación externa. Ya sea con fines de fomento de la transparencia del quehacer tribunalicio, o bien con fines de satisfacer la necesidad de acceso a la información socialmente relevante, deben potenciarse la divulgación de noticias que pongan de relieve y visibilicen a esa gran mayoría que asume diariamente el compromiso ético y responsable en el servicio de Justicia. Asimismo, esta política deberá contemplar una adaptación a los nuevos escenarios digitales y un acercamiento mayor a la ciudadanía a la que sirve.

*Autora de Comunicación judicial integral. Editorial Advocatus. (Fragmento).