Economistas y referentes del sector fintech advirtieron este miércoles 30 de octubre que la decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de aplicar retenciones de IVA y ganancias a los medios de pago digitales "desalientan la bancarización".
La AFIP explicó que estableció un régimen de retención de IVA y de ganancias a las operaciones efectuadas mediante el uso de billeteras electrónicas, "con el objetivo de poner en igualdad de condiciones a este tipo de operaciones con las compras realizadas con tarjeta de débito y crédito".
"Esa es una medida que va contra la corriente ya que en vez de incentivar el uso de Medios de pago digitales (tarjetas de crédito, debito, billeteras digitales...) terminan incentivando el efectivo, que es ineficiente, caro, inseguro y conlleva a la economía informal", dijo a Télam el presidente de la cámara de Fintech y CEO de la empresa MONI, Juan Pablo Bruzzo. El economista Ariel Setton también señaló que la medida "obviamente no ayuda a la bancarización".
Y, agregó que las resoluciones de AFIP publicadas hoy en el Boletín oficial "no atrasa per-se, dado que equilibra al menos parcialmente la venta directa y la venta vía agregadores".
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Fuentes de la AFIP, en tanto, indicaron a Télam que la norma "equilibra" la situación entre las fintech y las tarjetas de débito o crédito y precisaron que "hasta ahora si vos pagabas con tarjeta de crédito o débito se hacía una retención de impuestos, pero si usando las mismas tarjetas pagabas vía una billetera electrónica, no había retención".
Al respecto, Bruzzo consideró que "todos los medios de pago digitales deberían tener un beneficio fiscal, como en muchos países para incentivar su uso en detrimento del efectivo":
"Es una medida que no va a afectar el desarrollo de las Fintechs ya que el mercado desatendido por los jugadores tradicionales es enorme, pero es una medida a corto plazo que no busca resolver unos de los problemas de la economía argentina que es la informalidad generada por el uso masivo del efectivo como medio de pago", aseguró.
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La retención de IVA se aplica sólo a transacciones comerciales y no incide en las operaciones de pago de impuestos o, al contrario, de percepción de haberes, que se hagan vía billeteras electrónicas, aclararon desde la AFIP.
También quedaron exentas de la medidas las Micro Empresas registradas como tales ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las "Potenciales Micro Empresas" en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria, comunicaron voceros de AFIP.
EA