ECONOMIA
Para que no se olviden

AFIP intimó a 5000 contribuyentes para que incluyan bienes en el exterior sin declarar

El organismo inició una campaña de inducción para que las personas que cuentan con bienes en el exterior los incluyan en las DDJJ del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias próximas a vencer. 

La AFIP incrementó de 30 a 120 mil el monto mencionado para consumos con tarjetas de débito.
La AFIP incrementó de 30 a 120 mil el monto mencionado para consumos con tarjetas de débito. | Reperfilar

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a 5.000 contribuyentes para que declaren de forma correcta todos los bienes que poseen en el exterior en la declaración jurada de Bienes Personales y "exterioricen las rentas derivadas de esos bienes en la declaración del impuesto a las ganancias próximas a vencer durante junio", tal como indicó el organismo en una comunicación oficial.

En la búsqueda por sumar ingresos fiscales de " sectores de la población con mayor poder adquisitivo", el ente recaudador avanzó en la fiscalización de datos basándose en los acuerdos de intercambio de información con distintos países.

De esta manera, las áreas de fiscalización especializadas detectaron situaciones que podrían derivar en incumplimientos fiscales. Desde el organismo explicaron que se trata de seguimientos "a un bajo costo operativo y con un alto impacto respecto del riesgo asociado".

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¿Quiénes deben presentar las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales?

En ese marco, la AFIP explicó que "inició una campaña de inducción para que las personas que cuentan con bienes en el exterior los incluyan en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancias próximas a vencer durante este mes de junio, correspondientes al período fiscal 2022.

La Ley de Procedimiento Tributario establece, en caso de corresponder, la aplicación de multas y sanciones por la falta de cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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Qué bienes se declaran en el Impuesto a los Bienes Personales

Se trata de un gravamen que rige y se aplica sobre los bienes situados en el país y, según el caso, también los ubicados en el exterior, incluidos dentro del patrimonio al 31 de diciembre de cada año. Ello siempre que la valuación total del patrimonio supere el monto mínimo establecido para cada período.

Entre los bienes o activos a declarar se encuentran los inmuebles, naves y aeronaves de matrícula nacional y extranjera, automotores, dinero en efectivo, ya sea que esté dentro o fuera del sistema bancario, las monedas virtuales o digitales, los criptoactivos y los depósitos en bancos del exterior.

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¿Qué bienes están exentos?

Sin embargo algunos bienes quedan exentos del pago del tributo: los inmuebles rurales, los títulos y bonos emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los depósitos en moneda argentina y extranjera en entidades bancarias a plazo fijo, en caja de ahorro o en otras formas de captación de fondos.

También quedan por fuera de la aplicación del impuesto: los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva y las cuota parte de fondos comunes de inversión.

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Hasta cuándo hay tiempo para pagar Ganancias y Bienes Personales

Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2022, de las personas humanas y sucesiones indivisas, pueden cumplirse hasta las fechas que se consignan a continuación, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente:

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: Presentación de DJ jueves 22 de junio, y pago viernes 23 de junio.
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: Presentación de DJ viernes 23 de junio, y pago lunes 26 de junio.
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: Presentación de DJ lunes 26 de junio, y pago miércoles 28 de junio.

La AFIP recordó que las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal "Ganancias Personas Humanas–Portal integrado".

En el caso de Bienes Personales, la presentación se realiza mediante el servicio web con clave fiscal "Bienes Personales Web".

Están están obligados a pagar y presentar Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 los $11.282.141,08 millones.

 

LR