ECONOMIA
Medida excepcional

La AFIP suspendió hasta el 30 de junio los juicios por evasión

Mediante una resolución general, y por la coyuntura económica ante la pandemia, el organismo consideró necesario suspender temporalmente los juicios de ejecución fiscal.

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Reforma. El sistema tributario local es complejo: existen 160 impuestos. | Néstor Grassi

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el día 30 de junio próximo la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte del organismo, una medida que vuelve a tomarse en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.

A través de la resolución general 4730/2020, publicada este jueves 4 de junio en el Boletín Oficial, el organismo tributario precisó que esta suspensión "no obsta al ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del fisco para determinar y exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de AFIP".

La oficina estatal destacó además que el aislamiento determinado a partir de la pandemia de coronavirus repercutió no sólo en la vida social de los habitantes de este país, sino también en la economía.

La resolución general indica que la AFIP "viene adoptando una serie de medidas con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a su cargo".

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La AFIP resaltó que la suspensión de las ejecuciones fiscales apunta a "morigerar los efectos" de la pandemia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

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Además, recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación habilitó el levantamiento de la feria judicial extraordinaria en algunos tribunales federales con sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del aislamiento, por lo cual *resaltó "deviene necesario tomar medidas con relación a la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias".

La resolución general elaborada por el organismo encargado de la recaudación en la Argentina indica que "en consecuencia, se estima razonable contemplar la excepcional situación descripta y proceder a suspender la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de este organismo, hasta el 30 de junio de 2020, inclusive".

LR/FF