Los intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de bolsas de comercio podrán recibir o pagar hasta $ 1.000 en efectivo por cliente y por día, según la resolución 6702 de la Comisión Nacional de Valores, que ya está publicada en el Boletín Oficial. Si la transacción excede ese monto debería realizarse por transferencia bancaria.
La nueva disposición, según se indica en los considerandos, se ajusta a las disposiciones para la prevención del lavado de dinero y financiación del terrorismo.