Finalmente, el Gobierno oficializó el nuevo régimen de fomento a las exportaciones en el cual las grandes empresas que realicen proyectos de inversión superiores a u$s 100 millones podrán disponer libremente del 20% de las divisas obtenidas de las ventas al exterior.
Cabe recordar que la, semana pasada, se creó la Comisión de Evaluación de Proyectos de Inversión. Además, se establecieron una serie de precisiones concretas para esta clase de proyectos de inversión, para exportación y ampliación de negocio existente. Según la resolución conjunta 4/2021, el objetivo de esas definiciones son "brindar reglas claras y un marcado horizonte de la orientación de desarrollo productivo del régimen".
En ese sentido, una de las normas establece que una inversión para la exportación es toda aquella "que implique mejoras en la capacidad exportadora del solicitante, independientemente de que dichas mejoras redunden, además, como resultado, en una mejora de capacidades productivas en el mercado interno".
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En el caso de las actividades minera e hidrocarburífera, se considerará "toda inversión de exploración, construcción y explotación, como así también toda incorporación de maquinaria, tecnología o ampliación de planta que implique el aumento de la capacidad productiva o la extensión de la vida útil de un establecimiento minero e hidrocarburífero existente".
Desde los ministerios de Economía y de Desarrollo Productivo destacaron que "se requiere prever un tratamiento diferenciado según el tipo de inversión de que se trate, como también según el sector que se busque fomentar, lo cual es de vital importancia, ya que ni el nivel de inversión inicial, ni el tiempo de maduración de cada proyecto constituyen una unidad homogénea". También, resaltaron que "resulta primordial otorgar a la empresa la libertad necesaria para ejecutar su proyecto de inversión según las necesidades de la misma, lo que permite un mayor margen de maniobra para los beneficiarios, quienes mejor conocen su propio proyecto".
El nuevo Régimen de Fomento de Inversiones para las Exportaciones había sido lanzado en abril de este 2021 y busca dar previsibilidad a la inversión extranjera directa o a la nacional financiada con crédito externo, siempre destinadas a incrementar las ventas externas. El beneficio durará 15 años y requiere la presentación de un plan de inversión no menor a los u$s 100 millones.
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Por otro lado, nuevo esquema prevé que el 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas a una nueva inversión serán de libre aplicación, y el tope máximo anual es el equivalente al 25% del monto bruto de divisas ingresadas para el proyecto. El destino de esos fondos podrá ser el pago de capital e intereses de pasivos en el exterior, utilidades y dividendos de balances cerrados y auditados, y repatriación de inversiones directas de no residentes.
Es importante destacar que la presentación de proyectos de inversión deberá realizarse ante la nueva Comisión de Evaluación de Proyectos de Inversión. En el caso de empresas extranjeras sin actividad en Argentina, una vez aprobado el proyecto de inversión, deberán constituirse en el país.
Si los cobros de las exportaciones no se aplicaran inmediatamente a los usos previstos, los fondos podrán ser depositados hasta su utilización en cuentas en el exterior de entidades financieras argentinas o en cuentas locales en moneda extranjera en bancos argentinos.
Por último, no se considera parte de este tipo de inversiones a las colocaciones financieras o de portafolio; a la fusión o adquisición de empresas; o a la compra de cuotas o acciones o participaciones societarias.
RM