La AFIP habilitó a partir del 5 de junio un plan de facilidades de pago para los empleadores que ingresaron al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y se beneficiaron con la postergación o reducción de las contribuciones patronales.
Mediante el plan, se podrá financiar en hasta 8 cuotas y sin pago a cuenta los vencimientos del componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes a marzo, abril y mayo, que fueron prorrogados por el aislamiento social, tal como fue dispuesto por medio de la resolución general 4734/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a mil pesos, estableció la AFIP.
De este modo, la adhesión a este plan especial de pagos permite contar con hasta dos meses adicionales antes de comenzar a abonar las contribuciones patronales postergadas en cada período fiscal.
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Con la reciente disposición, aquellas obligaciones devengadas en marzo (vencidas en abril) y postergadas hasta junio, que sean regularizadas a través de este nuevo mecanismo, comenzarán a cancelarse en agosto.
Respecto del cronograma para la adhesión, la AFIP estableció
- para los vencimientos correspondientes al período fiscal marzo, la adhesión estará disponible entre el 9 de junio y el 31 de julio, ambas fechas inclusive.
- La adhesión para abril operará desde el 1 de julio y hasta 31 de agosto de 2020, inclusive y
- para las obligaciones devengadas en mayo, podrán adherirse desde el 1 de agosto y hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive.
La resolución general también reglamentó la postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales correspondientes a mayo, siempre para los empleadores que accedieron al ATP.
Esta decisión contempla el beneficio alternativo de la reducción del 95% de las contribuciones patronales a determinadas actividades, como la vinculada con la salud.
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 332 del 1° de abril de 2020 creó el Programa ATP, y entre los beneficios que se establecieron, se permite la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
LR/FeL