ECONOMIA
Avances en la reglamentación

Construcción: el gobierno a través de la CNV dispuso nuevas medidas para el blanqueo de capitales

Mediante la Resolución General 884/21 la CNV aprobó la declaración de capitales en moneda extranjera o en pesos para inversiones en proyectos inmobiliarios y la construcción a través de Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros.

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Muy raro. La economía se recupera fuerte, pero el Presidente habla del lawfare. | cedoc

El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación del blanqueo de capitales destinado a la construcción, teniendo en mente la idea de movilizar ahorros hacia ese sector que el ejecutivo perfila como uno de los motores de la recuperación económica.

Con ese fin, la Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó este viernes 23 la Resolución General 884/21 para la declaración de capitales en moneda extranjera o en pesos destinados a inversiones en proyectos inmobiliarios y la construcción de viviendas a través de Fondos Comunes de Inversión (FCI) y Fideicomisos Financieros (FF).

De acuerdo a lo dispuesto, los interesados contarán con opciones para afectar esos fondos -previo a la inversión-, entre ellas la aplicación transitoria por única vez a la compra de títulos públicos nacionales para su posterior venta con liquidación en moneda de curso legal.

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La decisión se enmarca dentro de la Ley 27.613 de incentivo a la construcción federal y el acceso a la vivienda y su Decreto Reglamentario 244/2021.

Ahora, la CNV dispuso que

  • la compra de bonos sólo podrá ser concertada en segmentos de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo,
  • liquidada con los fondos acreditados en la Cuenta especial de depósito y cancelación para la construcción argentina (CECON.Ar),
  • a nombre del cliente y
  • acreditado en la subcuenta del comitente de custodia especial abierta en el agente depositario central de valores negociables.

La nueva reglamentación prevé además que los títulos públicos comprados en moneda nacional puedan ser conservados en cartera, debiendo dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7° del Decreto 244.

Según explicó el ente regulador del mercado de capitales, los fondos podrán destinarse a la compra de Productos de Inversión Colectiva para el Desarrollo Inmobiliario que comprendan exclusivamente obras privadas nuevas, que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la norma.

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Por su parte, los títulos adquiridos en moneda extranjera deberán venderse en pesos y en segmentos de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo en un plazo de cinco días hábiles, a partir de la fecha de acreditación de la compra en la subcuenta comitente de custodia especial.

 

 

Dentro de la agenda de inyectar fondos del mercado de capitales a la promoción de la construcción de viviendas, en marzo último la CNV autorizó la oferta pública del primer FCI cerrado, en pesos, para desarrollar soluciones habitacionales de hasta 220 mil UVAs o UVIs destinados a sectores medios y bajos de la población del país. 

LR CP