El Día del Empleado de Comercio se celebrará en 2025 el lunes 29 de septiembre, tras un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), las cámaras empresariales del sector y el aval del Ministerio de Trabajo. Aunque la Ley 26.541 fija el 26 de septiembre como fecha oficial, la conmemoración se traslada para facilitar la organización de la actividad comercial y garantizar el descanso de los trabajadores.
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La norma que dio origen a este reconocimiento fue sancionada en 2009 y establece que el 26 de septiembre se considere un día de descanso para quienes están comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. El espíritu de la ley es reconocer el aporte de los trabajadores mercantiles, que representan una de las columnas vertebrales del empleo privado en Argentina.

El traslado de la fecha genera cambios en la operatoria de shoppings, supermercados, tiendas de barrio y grandes cadenas de servicios. Según lo acordado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), los locales podrán abrir únicamente si la atención está a cargo de los dueños o de empleados que acepten trabajar de manera voluntaria.
El Ministerio de Trabajo subraya que no puede exigirse la asistencia al personal ni descontarse el día como franco compensatorio.
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Cómo se paga el Día del Empleado de Comercio
El régimen de liquidación es idéntico al de los feriados nacionales:
Si el trabajador descansa: cobra su salario completo, sin descuentos ni obligación de justificar la ausencia.
Si el trabajador presta servicios: debe percibir un recargo del 100% sobre el salario habitual de esa jornada.
Esto implica que, en caso de trabajar, el empleado recibe el pago doble por ese día, un derecho fiscalizado por las autoridades laborales nacionales y provinciales.
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Escala salarial vigente en septiembre de 2025
El último acuerdo paritario, homologado en julio, fijó una suma no remunerativa de $40.000 por mes hasta diciembre, que se incorporará al básico desde ese mes.
Algunos salarios brutos de referencia para jornada completa son:
Maestranza A: $1.055.954
Administrativo A: $1.066.994
Cajero A: $1.070.672
Auxiliar C: $1.102.325
Vendedor D: $1.116.311
Además, en septiembre se aplica la tercera cuota del aumento anual del 6%.
LV/ff