ECONOMIA
Enojo del sector ms poderoso de la produccin

El conflicto del campo dio más poder a la ONCCA

Una polémica disposición sobre las exportadoras de granos. Por qué se destruyeron los mercados a futuro.

Ricardo Echegaray manda en la AFIP y en la ONCCA. Sería el brazo ejecutor K en el tema granos.
| Télam

Derogada la polémica 125, se conoció un conflicto que preocupa al sector exportador de granos: la Resolución 543. Conocida como la “R.O.E. Verde”, la disposición emitida por la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) establece nuevas inspecciones sobre las empresas de granos que realizan ventas al exterior.

“Con la Ley 21.453 (que rige a las exportaciones) se presentaba una declaración jurada y listo”, afirmó a Perfil.com el presidente de Kimei Cereales S.A., Javier Buján. En ese sentido, el titular de exportadora de granos señaló que ahora, con la Resolución 543, se necesita una “licencia de exportación”, que “están prohibidas por la GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio)”

La principal polémica de la Resolución radica en que una vez entregado el R.O.E. Verde (Registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de productos agrícolas), se fija un tiempo máximo de 45 días para concretar las ventas al exterior. “Se elimina el mercado a plazo para las exportaciones”, afirmó Buján. El presidente de Kimei contó que en una fiesta de CEPA en Costa Salguero, el ex secretario de Agricultura, Javier de Urquiza, dijo que la 543 “saca a la Argentina del mercado”.

El diputado Claudio Lozano, sin embargo, señaló a Perfil.com que “si para las exportadoras es tan vital el plazo”, que “quede claro que van a pagar el precio y la retención al momento de la venta”, no cuando presentan las declaraciones juradas. “Si tienen un año para fijar el precio, después terminan vendiendo en otro contexto” económico, explicó el legislador de Proyecto Sur.

Al respecto, Lozano coincidió con Buján en que la ley 24.283 denominada “Martínez Raymonda” resolvería la discusión en cuestión. Pero el economista explicó que la norma fue modificada sustancialmente por el senador y dueño de la aceitera General Deheza, Roberto Urquía: “1) Eliminó la palabra `derecho de exportación´; 2) el precio se queda en el momento de la declaración jurada; 3) Se aplica como contexto de suba de retenciones, no como criterio general en el momento de la compra”.

Lozano agregó además que el Gobierno tardó en reglamentar la Ley 24.283. A esta demora (“que se hizo en conveniencia con funcionarios públicos”), se suma que De Urquiza “no cerró los registros de exportación”, lo que permitió que las exportadores presentaran declaraciones juradas hasta el 9 de noviembre 2007, a sabiendas de que el Gobierno preparaba una aumento de retenciones del 27 al 35 por ciento.

Desde la ONCCA que comanda Ricardo Etchegaray -fortalecido en el movimiento de piezas en el Gabinete- explicaron a Perfil.com que la Resolución 543 complementa a la Ley 21.453 y la Martínez Raymonda. En ese sentido, la Resolución establece en su artículo 6 un “Procedimiento de Control a Priori” para la admisibilidad de la Declaración Jurada. Validado el R.O.E. Verde, el organismo fija “Cuarenta y Cinco (45) días corridos” para que el exportador “oficialice la “Destinación de la Exportación”.

El control “a priori” (cumplimiento de obligaciones impositivas e inexistencia de deudas por multas en la ONCCA, entre otros requisitos) y el “plazo de validez” reducido a 45 días son algunos de los nuevos artículos establecidos en la Resolución 543, que controla los procesos de venta al exterior realizados por las empresas exportadores de granos. Esta disposición, derogada la 125, es la que amenaza con avivar el fuego con el sector agropecuario más poderoso de la cadena de producción. 

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*Redactor de Perfil.com