Derogada la polémica 125, se conoció un conflicto que preocupa al sector exportador de granos:
la Resolución 543. Conocida como la “R.O.E. Verde”, la disposición emitida por la
Oficina Nacional de Control Comercial
Agropecuario (ONCCA) establece nuevas inspecciones sobre las empresas de granos que realizan
ventas al exterior.
“Con la Ley 21.453 (que rige a las exportaciones) se presentaba una declaración jurada
y listo”, afirmó a Perfil.com el presidente de
Kimei Cereales S.A., Javier Buján. En ese
sentido, el titular de exportadora de granos señaló que ahora, con la Resolución 543, se necesita
una “licencia de exportación”, que “están prohibidas por la GATT (Acuerdo General
sobre Aranceles Aduaneros y Comercio)”
La principal polémica de la Resolución radica en que una vez entregado el R.O.E. Verde
(Registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior de productos agrícolas), se fija un tiempo
máximo de 45 días para concretar las ventas al exterior. “Se elimina el mercado a plazo para
las exportaciones”, afirmó Buján. El presidente de Kimei contó que en una fiesta de CEPA en
Costa Salguero, el ex secretario de Agricultura, Javier de Urquiza, dijo que la 543
“saca a la Argentina del mercado”.
El diputado Claudio Lozano, sin embargo, señaló a Perfil.com que “si para las exportadoras
es tan vital el plazo”, que “quede claro que van a pagar el precio y la retención al
momento de la venta”, no cuando presentan las declaraciones juradas. “Si tienen un año
para fijar el precio, después terminan vendiendo en otro contexto” económico, explicó el
legislador de Proyecto Sur.
Al respecto, Lozano coincidió con Buján en que la ley 24.283 denominada “Martínez
Raymonda” resolvería la discusión en cuestión. Pero el economista explicó que la norma fue
modificada sustancialmente por el senador y dueño de la aceitera General Deheza, Roberto Urquía:
“1) Eliminó la palabra `derecho de exportación´; 2) el precio se queda en el momento de la
declaración jurada; 3) Se aplica como contexto de suba de retenciones, no como criterio general en
el momento de la compra”.
Lozano agregó además que el Gobierno tardó en reglamentar la Ley 24.283. A esta demora
(“que se hizo en conveniencia con funcionarios públicos”), se suma que De Urquiza
“no cerró los registros de exportación”, lo que permitió que las exportadores
presentaran declaraciones juradas hasta el 9 de noviembre 2007, a sabiendas de que el Gobierno
preparaba una aumento de retenciones del 27 al 35 por ciento.
Desde la ONCCA que comanda Ricardo Etchegaray -fortalecido en el movimiento de piezas en
el Gabinete- explicaron a Perfil.com que la
Resolución 543
complementa a la Ley 21.453 y la Martínez Raymonda. En ese sentido, la Resolución establece en su
artículo 6 un “Procedimiento de Control a Priori” para la admisibilidad de la
Declaración Jurada. Validado el R.O.E. Verde, el organismo fija “Cuarenta y Cinco (45) días
corridos” para que el exportador “oficialice la “Destinación de la
Exportación”.
El control “a priori” (cumplimiento de obligaciones impositivas e inexistencia de
deudas por multas en la ONCCA, entre otros requisitos) y el “plazo de validez” reducido
a 45 días son algunos de los nuevos artículos establecidos en la Resolución 543, que controla los
procesos de venta al exterior realizados por las empresas exportadores de granos. Esta disposición,
derogada la 125, es la que amenaza con avivar el fuego con el sector agropecuario más poderoso de
la cadena de producción.
*Redactor de Perfil.com