El Gobierno nacional estableció, por medio de la Secretaría de Energía, las condiciones para que los productores de gas natural que sean participantes del Plan GasAr puedan retirar volúmenes comprometidos y cederlos a generadores eléctricos.
La medida fue oficializada en el Boletín Oficial este miércoles 10 de diciembre, mediante la Resolución 501/2025, bajo la firma de la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti.
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La normativa entrará en vigencia desde su publicación oficial y se dicta en el marco de las facultades conferidas por la Ley 24.065 y por los decretos aplicables al sector energético.
Alcances y objetivos de la medida
La resolución establece que el retiro de volúmenes del Plan GasAr por parte de los productores se regirá por las Pautas Complementarias incluidas en esta norma. Ese mecanismo se encuentra previsto mediante la Resolución 400/2025.
El texto determina que los productores podrán solicitar a CAMMESA la cesión contractual hacia un agente generador cuando decidan retirar parte del gas comprometido en el marco del Plan GasAr.
La norma también contempla que el despacho de las unidades que usen el Gas Retirado será considerado como gestión propia y se despachará en el MEM bajo las condiciones vigentes para la declaración de combustible propio.
Condiciones para generadores y límites de declaración
Para los generadores térmicos que tienen contratos de abastecimiento con CAMMESA, la declaración del Costo Variable del Gas Retirado se limitará a los valores del Gas Acuerdo. En estos casos no corresponderá renta marginal por su despacho.
La resolución fija que la declaración deberá ubicarse entre un máximo basado en el mix de precios del Gas Acuerdo y un mínimo equivalente al 75% de esos valores. Se podrán aceptar valores distintos únicamente cuando impliquen una mejora de costos para el MEM.
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La Secretaría establece que, aun cuando los productores retiren volúmenes, se mantendrá el esquema de despacho necesario para cumplir con las obligaciones mínimas contractuales del Plan GasAr, como TOP o Carry Forward.
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Si el volumen de gas requerido por el MEM es igual o menor a esas obligaciones mínimas y el CVP declarado permite el despacho, los contratos retirados cumplirán sus compromisos en la misma proporción contractual que el resto de los vinculados al Gas Acuerdo.
En caso de ser necesario, las unidades generadoras podrán ser completadas con Gas Acuerdo para asegurar su despacho.
Remuneración y tratamiento ante baja demanda
La remuneración de la generación bajo Gestión Propia con volúmenes de Gas Retirado incluirá el costo declarado más la renta marginal, de manera proporcional al volumen consumido.
Por último, en situaciones de baja demanda, si CAMMESA debiera afrontar costos de gas no consumido derivados de obligaciones mínimas del Plan GasAr, los compromisos de Gas Retirado podrán ser incluidos en el reconocimiento para las unidades cuyo CVP declarado permita su despacho.
GZ / lr