El Ministerio de Salud de la Nación creó la categoría de “Productos vegetales a base de cannabis y sus derivados destinados al uso y aplicación en la medicina humana” a través de la resolución 781/2022 publicada en el Boletín Oficial.
En ese sentido, la normativa establece que deberán ser considerados dentro de esta nueva categoría los productos cuya composición esté claramente definida y comprobable con porcentajes de THC menores o iguales a 0.3% “Los que tengan por encima de ese porcentaje, serán considerados como psicotrópicas”, aseguró la entidad sanitaria.
Asimismo, la resolución promueve que “los médicos tratantes tengan garantías de la calidad de los productos que están prescribiendo, que redundarán en garantizar la seguridad de usuarios y usuarias”.
Cannabis: autorizaron el cultivo en ONGs para proveer a un máximo de 150 pacientes
“Esto permitirá no solo ampliar su utilización en diferentes patologías, sino que asegurará la certificación de los procesos en cuanto a las buenas prácticas de cultivo y elaboración requeridas por las agencias regulatorias nacionales e internacionales”, sostuvieron desde el ministerio.
La cartera sanitaria nacional señala que la decisión de suscitar esta categoría y establecer mecanismos regulatorios correspondientes son para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios para la salud de la población.
Quiénes podrán recetar los productos y dónde se podrán conseguir
Los productos deberán ser recetados por un médico o médica prescriptor, quien definirá la formulación de una concentración conocida de principios activos (cannabinoides) y hará el control correspondiente del paciente, con la seguridad de la calidad del producto indicado para cada uno de ellos.
La dispensa se realizará a través de farmacias y bajo receta, mientras que la habilitación de los laboratorios estará a cargo de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que fiscalizará la producción.
Diputados evalúan los alcances del proyecto regulatorio del cannabis medicinal
“Con esta nueva categoría se está dando una respuesta acorde y equilibrada que garantiza la seguridad sanitaria con concentraciones de principios activos conocidos, libres de contaminantes y con el asesoramiento médico e información sobre sus beneficios y riesgos”, señalaron las fuentes oficiales.
Finalmente, la reglamentación prohíbe “todo tipo de publicidad y/o la producción, entrega y circulación de muestras gratis, muestras para profesionales, muestras sin valor comercial o cualquier otra denominación” de estos productos vegetales a base de cannabis.
LM cp