ECONOMIA
en defensa de la intervencin estatal

El triunfo de Guillermo Moreno sobre Shell: un fallo consideró vigente la Ley de abastecimiento

El secretario de Comercio Interior había multado a la petrolera por supuesto desabastecimiento de gasoil.

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| Cedoc

El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, salió airoso y triunfante de su enfrentamiento con la petrolera Shell. Es que el juez penal económico Daniel Petrone dictaminó el lunes que la Ley de Abastecimiento está vigente y es constitucional, luego del incidente que enfrentó en año pasado al funcionario con la empresa angloholandesa por un desabastecimiento de gasoil.

El “incidente” que se planteó, según consignó el diario El Cronista, entre agosto y octubre de 2007 cuando Comercio Interior sancionó administrativamente a la petrolera por supuesto desabastecimiento de gasoil. En el enfrentamiento tuvo intervención la embajada inglesa y algunos acercamientos entre el mismo Moreno y Juan José Aranguren, presidente de Shell.

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El fallo de Shell, que plantea un “Incidente de excepción de Falta de Acción” dio pie para que el juez penal económico 2 cuestionara los argumentos de Aranguren y defendiera la postura de Moreno. En el fallo se revisa la suspensión de la Ley 20.680, la excepción de esto a su artículo 2 inciso c, y la vuelta a la vigencia luego del decreto 722/99. Por último, el juez defiende doctrinariamente la intervención estatal.

“La suspensión de la Ley de Abastecimiento obedeció a una política que tuvo en miras apartar las posibles intervenciones del Estado en materia económica, puesto que en ese entonces se postulaba la necesidad de implementar una economía de mercado, caracterizada por la libre competencia y la autorregulación de la oferta y la demanda”, sostiene el fallo.

“Si bien se pretendió desterrar el intervencionismo estatal en la marcha de la economía, ello no significó que el PEN debiera quedar sin posibilidades de actuar en caso de suscitarse un supuesto que hiciera necesaria la aplicación de la Ley de Abastecimiento”, concluye.

En consecuencia, para el juez “no se vulnera el principio de legalidad”, pues las normas dictadas por el PEN “serán legítimas siempre y cuando no vulneren derechos constitucionales o excedan la finalidad contemplada por dicha ley”.