ECONOMIA
Sueldo Anual Complementario

Empleadas domésticas: cómo calcular el aguinaldo del personal y cuándo pagarlo

AFIP detalla en su apartado sobre personal de casas particulares los cuándo se abona y cómo se calcula el SAC de las empleadas de servicio. Algunas consideraciones.

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Diciembre es la segunda oportunidad del año en que los empleados en relación de dependencia acceden al Sueldo Anual Complementario, más conocido por todos como aguinaldo. También es el caso de las empleadas de casas particulares, que prestan servicios o ejecutan tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar; así como la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador y también al cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.

Aguinaldo: cómo se calcula, cuándo se paga y el impacto que tiene Ganancias

En el caso del aguinaldo AFIP recuerda que 

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  • Se paga a la finalización de los semestres de junio y diciembre.
  • Se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre.

Qué pasa si la persona trabajó menos de 6 meses

En aquéllos casos en que la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados, tal como lo indica la Ley de Contrato de Trabajo.

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​Por ejemplo, si la persona sólo trabajó 4 de los últimos 6 meses, corresponderá abonarle como SAC el 66,67 % (4 meses / 6 meses) del 50% del mejor sueldo de los últimos 4 meses.

Cuándo, dónde y cómo pagar las remuneraciones al personal doméstico

El pago de las remuneraciones debe realizarse los días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios. Debe efectuarse con dinero en efectivo y, si esto no es posible por alguna disposición legal contraria, el pago se realizará mediante cheque a la orden del trabajador y/o por depósito bancario sin costo alguno para el personal.

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Se debe abonar teniendo en cuenta los siguientes plazos:

  • Para el personal mensualizado: dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario.
  • Para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.

Deberás abonar al personal que prestare servicios en horas extras:

  • Un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes.
  • Un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.

Qué pasa con la antigüedad

Se debe abonar un adicional del 1% por año en los salarios mensuales del personal doméstico, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. El concepto estará incluido en los recibos como un nuevo ítem para facilitar su identificación.

El cálculo se realiza considerando un 1% por cada año trabajado, que deberá agregarse en cada recibo mensual. La antigüedad se considera desde el 1° de septiembre de 2020, es decir, tomando como 1 año completo al 1° de septiembre de 2021.

El sistema emite el recibo final con todos los conceptos declarados.

LR