ECONOMIA
Para ensamblar en el país

Detalles del nuevo régimen, que ya es oficial, para ensamblar autos en la Argentina

La decisión, que fue anticipada esta semana por el ministro de Economía, Sergio Massa, busca "contribuir a la inserción de la industria en las cadenas globales de valor".

La industria automotriz, una de las principales de la Argentina
La industria automotriz, una de las principales de la Argentina | Télam

Mediante el Decreto 310/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno creó oficialmente el Régimen de Importación de Vehículos Incompletos, totalmente desarmados, para ser ensamblados en el país con la incorporación de autopartes locales.

Así, las terminales automotrices podrán importar vehículos incompletos pagando el 14 por ciento de arancel y exportarlos con un mínimo de contenido local.

Con ese fin, dispuso una reducción de las alícuotas que, en concepto de Derecho de Importación Extrazona, tributan ciertas categorías de vehículos desarmados incompletos, para estimular la radicación de inversiones destinadas a proyectos de fabricación de vehículos "con contenido nacional creciente y que contribuyan a la generación de divisas para el país".

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La decisión, que fue anticipada esta semana por el ministro de Economía, Sergio Massa, tiene como objetivo central "contribuir a la inserción de la industria en las cadenas globales de valor", según explicita la letra del Decreto 310/2023.

Qué condiciones deben cumplir las automotrices

Los sujetos interesados deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • contar con un establecimiento industrial destinado a la fabricación de vehículos,
  • que esté radicado en la Argentina, y
  • cumplir con las pautas de desempeño comercial externo según los parámetros que, a tal efecto, establecerá la autoridad de aplicación, que es la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.

La mencionada Secretaría verificará la condición de inexistencia de producción en el país de vehículos de la misma categoría, denominación y características generales, que cuenten con el nivel de contenido mínimo nacional fijado por la Ley Nº 27.263.

Además, los vehículos deberán contar con un mínimo de partes nacionales, que será de 10% en los primeros dos años, para luego pasara a 12 entre el tercero y el cuarto y de 15 por ciento en el quinto año. 

Los períodos del proyecto quedarán comprendidos de la siguiente forma:

Etapa 1, años 1 y 2;

Etapa 2, años 3 y 4 y

Etapa 3, año 5.

Cuál es el tiempo máximo en que las automotrices pueden presentar los proyectos

Según el Decreto, los proyectos podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2029, inclusive, y se aprobarán por un período de duración de hasta cinco años, prorrogables por igual plazo por única vez.

Datos sobre el arancel 

Vale recordar que, en el Decreto, el Ejecutivo estableció un Derecho de Importación Extrazona del 14% para las mercaderías de las posiciones arancelarias del Mercosur, importadas al amparo de los proyectos aprobados en el marco del Decreto.

Los beneficiarios del Régimen deberán otorgar a favor de la Aduana una garantía por la diferencia entre el derecho de importación aplicable bajo el régimen general y el efectivamente abonado, la cual será liberada una vez verificado el cumplimiento del proyecto para el cual las mercaderías fueron importadas, de acuerdo con el texto oficial.

NT