El ministro de Economía, Luis Caputo, explicó que la posibilidad de tomar deuda por hasta US$ 5.000 millones no se trata de "nueva deuda", sino un "refinanciamiento" sobre la misma deuda a una tasa más baja.
Este lunes, mediante el Decreto 478/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno aprobó la realización de operaciones de toma de deuda pública por hasta US$ 5.000 millones y cedió jurisdicción a favor de Nueva York.
"No es nueva deuda, sino refinanciamiento, y al 6% de tasa. O sea, un ahorro enorme para los argentinos versus las tasas a las que ustedes endeudaron al país", sostuvo Caputo en X respondiendo al usuario @senor_x_hs1989, quien señaló: “Toto Caputo nos endeudó por 5.000 millones bajo ley Yanqui”.
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Caputo acusó al último gobierno kirchnerista de endeudar a la Argentina "por US$ 177.000 millones, a tasas del 45% en dólares hasta el 2030".
También indicó que la administración libertaria canceló deuda por US$ 20.000 millones "porque cerramos un déficit consolidado de 15 puntos del PIB (Producto Interno Bruto) que heredamos del gobierno anterior".

Toma de deuda
Según se detalló en el Boletín Oficial, la medida busca reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional mediante préstamos con entidades financieras internacionales que contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.
La normativa establece límites para resguardar el patrimonio nacional. El artículo 2 detalla que no habrá renuncia a la inmunidad de ejecución sobre una serie de bienes estratégicos, entre los que se destacan:
- Cualquier reserva o cuenta del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
- Bienes del dominio público situados en territorio argentino.
- Bienes destinados a servicios públicos esenciales o declarados de utilidad pública por el Congreso.
- Activos alcanzados por privilegios diplomáticos y consulares.
- Bienes de carácter militar o bajo control de agencias de defensa y seguridad.
- Bienes que formen parte de la herencia cultural de la Nación.
- Impuestos y regalías adeudadas al Estado Nacional.
El Ministerio de Economía será el encargado de determinar los plazos, métodos y monedas para estas operaciones. Asimismo, queda facultado para designar a las instituciones financieras participantes, suscribir acuerdos, pagar comisiones de mercado y contratar agentes fiscales o calificadoras de riesgo.
LM / EM