Si bien el dictamen de la junta médica oficial respecto del estado mental de Diego Maradona en sus últimas semanas de vida parece categórico, desde la óptica de la psiquiatría forense se deja entrever una arista que aparentemente no fue contemplada hasta el momento: la adecuada interpretación del estado de salud mental del ex capitán de la selección argentina de fútbol permite inferir que la documentación y los contratos que firmó antes de morir no tendrían validez legal. Y que la tergiversación de dos términos aparentemente similares pero técnicamente muy diferentes podría configurar otro delito.
En otras palabras: para la psiquiatría, vigil no es lo mismo que lúcido.
Cuando los psiquiatras decimos que una persona está “vigil”, referimos a que está despierta. Ahora, si hablamos de lucidez mental, el alcance es mucho más profundo y amplio, porque supone tres pilares que la sostienen y deben estar presentes: la atención, la sensopercepción y la memoria.
La atención es el proceso cognitivo que nos permite orientarnos hacia los estímulos relevantes y procesarlos para responder en consecuencia.
La sensopercepción es otro proceso que necesariamente debe ocurrir en el estado de lucidez. A través de ella capturamos estímulos de nuestro entorno para que puedan ser procesados e interpretados a nivel cerebral.
Por último, la memoria es la capacidad del cerebro de retener información y recuperarla voluntariamente.
Por diversas causas, es poco probable que estas tres funciones psíquicas superiores se hubiesen encontrado sin alteraciones significativas en el caso de Maradona. El motivo principal, que surge de la prueba reunida en el expediente -según trascendió en los medios-, es que la combinación de los múltiples psicofármacos que le eran administrados con el uso concomitante de etanol (alcohol) provocaban en el cuerpo de Diego una sinergia que indefectiblemente tenía como resultado una hipolucidez mental, con el consecuente debilitamiento de su juicio crítico.
No es llamativo, entonces, que, entre otras conclusiones, la junta médica oficial haya dictaminado que Maradona “no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales, ni en condiciones de tomar decisiones sobre su salud”.
En ese marco, la pregunta es si Diego estaba en condiciones de tomar decisiones y firmar documentos, algo que una exhaustiva pericia psiquiátrica podría determinar evaluando los medicamentos que tomaba y combinaba y la clínica médica que surge del expediente, entre otros factores. De esa manera, se podría evaluar (y en todo caso descartar) que haya habido algún tipo de abuso, defraudación o manipulación de alguien que nos estaba con sus capacidades intelectuales intactas.
Desde el punto de vista psiquiátrico, se consideran incapaces los que, por distintas circunstancias, padecen una disminución de su inteligencia, voluntad o juicio que los incapacita para resguardar debidamente sus intereses económicos.
A más de siete meses de la muerte de Maradona, muchas preguntas siguen sin respuesta. Entre ellas, si tienen validez legal los documentos firmados por Maradona semanas antes de morir. Quizá la psiquiatría forense tenga mucho para aportar.
DR.RAFAEL HERRERA MILANO*
Médico Psiquiatra Forense y Perito del Poder Judicial de la Provincia de Bs.As (M.N127.896)