El Gobierno Nacional anunció la eliminación de aranceles que cobraba la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) por tramites vinculados a la inscripción, habilitación y fiscalización de los servicios de trasporte automotor de pasajeros y cargas bajo jurisdicción nacional. La medida se oficializó mediante la Resolución 1878/2025 del Ministerio de Economía publicada en el Boletín Oficial.
Esta resolución deja sin efecto las siguientes resoluciones: Resolución 1104/1992 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. Resolución 433/1992 de la Secretaría de Transporte. La Resolución 175/1995 de la Secretaría de Transporte. Resolución 2/2001 de la Secretaría de Transporte del entonces Ministerio de Infraestructura y Vivienda.
Éstas habían establecido categorías y montos por inscripciones, habilitaciones y gestiones administrativas percibidas por la CNRT. Desde el Gobierno comentan que esta nueva disposición busca adecuar el esquema normativo a la actual política de desregulación, orientada a reducir costos burocráticos, simplificar trámites y avanzar hacia un sistema más eficiente y abierto.

Además, la resolución deroga artículos centrales de la Resolución 433/2022, que establecían el pago de aranceles para el Permiso Originario del transporte internacional de cargas por carretera, regulado bajo el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
La medida consolida la unificación de registros y procedimientos iniciada con las Resoluciones 57/2024 y 2/2025 de la Secretaría de Transporte que crearon el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros.
El rol de la CNRT
La CNRT, creada en 1996 para unificar los organismos de control del transporte automotor y ferroviario, es la entidad que durante décadas percibió los aranceles definidos en las resoluciones que ahora quedaron sin efecto. La resolución 1104/1992 había establecido las categorías y montos mínimos y máximos. Posteriormente, la Secretaría de Transporte fijó los valores específicos en las resoluciones 433/1992, 175/1995 y 2/2001, vigentes hasta hoy.
Según el análisis interno de la CNRT, la eliminación de estos aranceles no afecta la fiscalización ni el control de los servicios, que seguirán funcionando con normalidad bajo las facultades del organismo.
FN