ECONOMIA
Salud y economía

Tabaco: una prohibición del Gobierno frustró una inversión de US$ 300 millones

Ante la “sorpresiva” decisión del Ministerio de Salud, Massalin Particulares desactivó la ampliación de una de sus fábricas. Denuncia que la medida “aísla” a la Argentina del mundo.

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Massalin Particulares pretendía agrandar su fábrica en la ciudad bonaerense de Merlo. | CEDOC

La empresa Massalin Particulares, que comercializa en la Argentina las marcas Marlboro y Philip Morris, desactivó una inversión de US$ 300 millones ante la resolución del Gobierno nacional de prohibir la comercialización de productos de tabaco calentado y de sus dispositivos, debido a que tenía la intención de agrandar sus negocios en el país vinculados con el desarrollo de ese sector. La decisión fue tomada un día después del anuncio oficial y sirvió como respuesta ante la “sorpresiva” medida tomada por el Ministerio de Salud.

“La decisión del Ministerio de Salud va en detrimento de la inversión, la ciencia y la tecnología. Argentina tenía la posibilidad de ser considerada para una inversión de más de 300 millones de dólares, y crear cientos de puestos de trabajo registrado, en blanco y de calidad. Sin embargo, este tipo de iniciativas aisladas y no fundamentadas en la ciencia y los datos continúan deteriorando tanto la inversión genuina privada y directa como la posición estratégica de Argentina como plaza para hacer negocios”, aseguró la empresa, a través de un comunicado de prensa.

Desde la firma, afiliada a la estadounidense PMI, alertaron que la caída de las inversiones le costará al Gobierno no sólo la ausencia de generación de nuevos empleos, sino que también “hubiese dado la posibilidad de realizar exportaciones por más de 100 millones de dólares anuales”. “El proyecto incluía una ampliación en su planta en Merlo, provincia de Buenos Aires, para poder realizar productos alternativos al cigarrillo convencional basados en la ciencia y comercializados en más de 70 mercados”, destacó el comunicado de prensa.

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La queja de Massalin Particulares: “Aísla a Argentina del mundo”

El anuncio de inversión estaba por ser realizado, según confiaron fuentes empresarias consultadas por PERFIL, pero quedó trunco sin ver la luz, debido a la “sorpresiva” medida de Salud. De este modo, la firma desnudó una falta de diálogo del Estado con el sector. “Más allá del impacto en el proyecto de inversión, la decisión coarta la posibilidad de brindarles a los 7 millones de fumadores adultos que hay en el país alternativas diferentes al cigarrillo convencional, basadas en la ciencia y autorizadas por diferentes agencias y autoridades sanitarias alrededor del mundo. Se trata de una resolución que aísla a Argentina de los avances que hay en el mundo en este sector”, sostuvo Massalin.

El Ministerio de Salud prohibió la venta y publicidad de calentadores de tabaco por efectos dañinos

De acuerdo a la versión de la empresa, los productos de tabaco calentado y sus dispositivos para calentarlos “representan una alternativa para las más de 1.000 millones de personas adultas que fuman alrededor del mundo”. “Gracias a la inversión, innovación y desarrollo de tecnología, estos dispositivos permiten calentar el tabaco en lugar de quemarlo y de esta manera eliminar la combustión, que es el principal problema relacionado con el acto de fumar”, aclararon.

Philip Morris International comercializa el IQOS, un dispositivo de calentamiento de producto de tabaco calentado, en 73 mercados y cuenta con más de 24 millones de usuarios alrededor del mundo. “A lo largo y ancho del mundo, hoy las alternativas que calientan tabaco en lugar de quemarlo son una tendencia y se están regulando acordemente y no prohibiéndose como en Argentina. Este tipo de decisiones aíslan a la sociedad argentina de la tecnología y los desarrollos disponibles en otros mercados”, se lamentaron desde la empresa.

Los antecedentes en el mundo sobre los cigarrillos electrónicos

Massalin aclaró que, en Estados Unidos, la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA), autorizó en 2019 la comercialización del IQOS de Philip Morris International y un año después impuso leyendas para identificarlo como un producto de riesgo modificado: “Conforme la evidencia disponibles hasta la fecha: El sistema IQOS calienta el tabaco pero no lo quema”, “Esto reduce significativamente la producción de componentes químicos nocivos y potencialmente nocivos”, y “los estudios científicos han demostrado que cambiar completamente de cigarrillos convencionales al sistema IQOS reduce la exposición de su cuerpo a químicos dañinos o potencialmente dañinos”.

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Otro ejemplo, destacado por la empresa, es el caso de Reino Unido, en el que la Agencia de salud del país concluyó que: “En comparación con los cigarrillos, los productos de tabaco calentado tienen el potencial de exponer a los usuarios a menores niveles de químicos nocivos y potencialmente nocivos”.

En Latinoamérica está el caso de Uruguay, donde hace algunos meses mediante un decreto reconoció el carácter diferencial de los productos de tabaco calentado y los enmarcó dentro de la normativa de tabaco vigente. La norma indica que “existen dispositivos electrónicos para la administración de nicotina que emplean una tecnología mediante la cual se calienta tabaco seco, respecto de los que existen datos científicos que indican que los mismos resultan en una menor exposición de los usuarios a las sustancias tóxicas asociadas al consumo tradicional de tabaco”.

La resolución de Salud conta los cigarrillos electrónicos

El Ministerio de Salud de la Nación prohibió la importación, venta y publicidad de dispositivos electrónicos utilizados para inhalar vapores de tabaco. Entre sus argumentos esgrimen que contienen sustancias tóxicas como la nicotina, intentan reemplazar a los cigarrillos convencionales alegando que no combustionan y son atractivos para niños y adolescentes.

La noticia se conoció en la mañana de este lunes 27 de marzo y entró en vigencia desde el día siguiente, según la Resolución 565/2023, publicada en el Boletín Oficial con la firma de la ministra Carla Vizzotti.

“Prohíbese la importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como “Productos de Tabaco Calentado”, extendiéndose dicha prohibición a todo tipo de accesorio destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”, expresa la resolución en su párrafo central.

AM / ED