El trasplante de pulmones y corazón que recibió el popular cantante Sandro obtuvo un nuevo ribete dramático, al conocerse que un juez de instrucción autorizó en la madrugada del 20 de noviembre pasado la ablación de los pulmones y el corazón de un joven de 22 años que se había disparado en la cabeza, pese a que basados sobre la ley de donación de órganos un médico forense y un fiscal se oponían a esa práctica médica.
Fuentes judiciales que indicaron que la decisión, que en definitiva le salvó la vida a Sandro, fue adoptada antes de las cinco de la madrugada del viernes pasado por el juez Roberto Ponce. Según documentación a la que tuvo acceso DyN, el joven que terminó siendo donante, agonizaba en el hospital Italiano de esta capital cuando sus padres resolvieron “donar sus órganos, contactándose con la autoridad administrativa correspondiente para así exteriorizar tal voluntad”.
La Comisaría Décima de la Policía Federal dio intervención a la Justicia y el fiscal Horacio Amelotti pidió un examen de “evaluación” del potencial donante al Cuerpo Médico Forense. Tras ese trámite, el fiscal se opuso a la ablación de los órganos porque la ley de donación de órganos establece en el artículo 27, inciso C, que “queda prohibida la realización de todo tipo de ablación cuando la misma pretenda practicarse sobre cadáveres de pacientes que hubieren estado internados en institutos neuropsiquiátricos”. Sucede que el donante había estado internado “por afecciones de naturaleza psiquiátrica” y con un diagnóstico de “trastorno psicótico”.
Fue entonces cuando el juez Ponce, telefónicamente, autorizó la ablación de los órganos y a las 6 de la mañana se dirigió a su despacho, en el quinto piso del Palacio de Tribunales, para redactar la resolución que confirmaba en papel lo que había decidido verbalmente, en una carrera contra el reloj de la que dependía, entre otras, la vida de Sandro.
El juez recordó que las prohibiciones contenidas en la ley de ablación e implantes procuran “evitar el tráfico de órganos y desalentar la práctica de irregularidades”. Pero argumentó su decisión en el debate previo a la sanción de la ley, tanto en Diputados como en Senadores, y para ello citó textualmente los fundamentos de algunos senadores.
“El descubrimiento acelerado de nuevos recursos terapéuticos nos reclama… para realizar un profundo examen de la cuestión de procuración de órganos para trasplantes. Es para evitar caer en el peligro de producir efectos no deseados como poner obstáculos y frenar injustificadamente el adelanto de la ciencia, distorsionar ese adelanto hasta frustrarlo y no abrirnos a fórmulas sociales nuevas a favor de necesidades concretas de la gente”, dijeron los legisladores y recordó el juez en su resolución.
Así, adoptó la vital decisión de autorizar la ablación al donante y su implantación en potenciales receptores, entre ellos Sandro, tras destacar que “la ley analizada tiende a la conservación de la vida o a mejorar la salud del receptor”.
Fuente: DyN