El derecho es, en esencia, un sistema institucionalizado de comunicación. Cada demanda, cada audiencia, cada resolución judicial constituye un acto comunicativo que persigue un objetivo claro: transmitir información relevante, persuadir mediante argumentos jurídicos y permitir que las partes comprendan, respondan y participen del proceso. En este sentido, el expediente judicial no es solamente un conjunto de actuaciones formales; es una trama comunicativa en la que intervienen jueces, abogados, funcionarios y justiciables.
Cuando esa trama se desarrolla sin planificación comunicacional, sin herramientas discursivas adecuadas y sin formación específica en habilidades de comunicación profesional, los efectos se trasladan inevitablemente al tiempo procesal. La mora judicial, entonces, no solo responde a factores estructurales, sino también a fallas en la calidad de los intercambios comunicativos que estructuran el proceso.
Un planteo mal formulado, una audiencia desaprovechada, una exposición desordenada de los hechos o una argumentación jurídica sin claridad conceptual no son meros déficits retóricos. Son, en términos prácticos, instancias procesales desperdiciadas. Cada acto comunicativo fallido produce consecuencias que atentan contra un servicio de calidad y diligente acarreando pedidos de aclaración, traslados innecesarios, resoluciones complementarias, nulidades evitables o audiencias que deben reiterarse porque no cumplieron su finalidad.
Desde la perspectiva de las ciencias de la comunicación, esto responde a un fenómeno ampliamente estudiado y que se pone de manifiesto cuando los actores de un sistema no dominan las herramientas del proceso comunicativo —estructura del mensaje, claridad argumentativa, adecuación al contexto, capacidad de síntesis y persuasión— se incrementa el nivel de ruido en la interacción institucional. Ese “ruido” se traduce en ambigüedad, interpretaciones divergentes y pérdida de eficacia en la transmisión de información relevante.
En el ámbito judicial, donde el tiempo procesal tiene consecuencias directas sobre derechos concretos, este fenómeno adquiere una dimensión crítica. La demora en una decisión judicial no es solo un problema administrativo: es una afectación directa al acceso efectivo a la justicia.
Particularmente en un contexto donde los sistemas judiciales de Argentina han comenzado a incorporar con mayor fuerza la oralidad procesal tales como audiencias preliminares, audiencias de conciliación, audiencias de prueba, la capacidad de comunicar con precisión, síntesis y solidez argumentativa se vuelve una competencia profesional indispensable.
Paradójicamente, la formación jurídica tradicional continúa privilegiando el conocimiento normativo por sobre el entrenamiento en habilidades comunicacionales estratégicas. Se enseña a conocer la ley, pero rara vez se enseña a comunicarla de manera eficaz dentro de los escenarios donde realmente se decide el destino de los procesos: las audiencias, los alegatos, las intervenciones orales decisorias.
La consecuencia es evidente, a menor conocimiento de las herramientas de comunicación profesional, mayor riesgo de mora judicial. No por falta de normas ni de procedimientos, sino por el entorpecimiento que se produce cuando las instancias comunicativas del proceso no cumplen su finalidad.
Esto invita a repensar la formación de los operadores jurídicos desde una perspectiva interdisciplinaria. Incorporar contenidos de comunicación estratégica, argumentación, oratoria jurídica y gestión del discurso profesional no es un complemento ornamental de la formación legal: es una condición para mejorar la eficiencia institucional del sistema judicial.
La justicia no solo se decide en el contenido de las normas, sino también en la forma en que esas normas se comunican, se discuten y se argumentan. En definitiva, mejorar la calidad comunicacional del proceso judicial no es solamente una cuestión de estilo profesional. Es una política implícita de acceso a la justicia.
Porque en el sistema judicial, comunicar mejor también significa decidir a tiempo.
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