El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU, pidió garantías al Gobierno Chile para que la Ley Antiterrorista “no se aplique a los miembros de la comunidad mapuche por actos que tengan lugar en relación con la expresión de necesidades sociales”, alarmado por el uso “desproporcionado” de la fuerza en perjuicio de esa población indígena, reclamando que no tenga “cualquier efecto discriminatorio sobre” la misma, según un dictamen publicado en Ginebra.
El 12,8% de los casi 20 millones de chilenos, son mapuches, factor candente de represión, que se suma a la discriminación de afrodescendientes, gitanos, «población romaní, y otras minorías y no ciudadanos", junto a candidatos al asilo, y refugiados, como haitianos y venezolanos, fenómeno que inquieta a la ONU.
Compuesto por 18 expertos independientes elegidos por el voto secreto de los países que han ratificado la Convención Internacional en la materia, la más antigua de la ONU, adoptada en 1948, que apuntaló el combate contra el “apartheid” en África del Sur, el Comité recomendó a Chile, revisar la Ley Antiterrorista “para que especifique exactamente los delitos de terrorismo que abarca, y adaptarla a las normas internacionales”.
El Comité manifestó su preocupación “que la ineficacia o la ausencia de consultas con los pueblos indígenas sobre cuestiones que afectan la tierra y el territorio hayan provocado conflictos”. Percibió a su vez que “las lenguas indigenas son menos visibles en los principales medios de comunicación y que los medios alternativos, incluidas las radios comunitarias utilizadas para la revitalización de las lenguas, no están siendo apoyadas ni facilitadas por el gobierno”.
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Deploró también “la profanación de lugares sagrados como Marta Cayulef en Pucón, Coñaripe (Los Rios) y Chinay (Villarica)”, y “el impacto negativo en el medio ambiente, la salud y los modos de vida tradicionales de” esas “comunidades” por “la instalación de vertederos en sus territorios, como en Collupulli y Lautaro”. Rechazó que el Estado relegue la “restitución de las tierras ancestrales que sigue representando la principal fuente de tensión” con las poblaciones originarias.
Para los 18 expertos independientes del Comité, quienes no son funcionarios de la ONU, ni cobran sueldo, a los que solo se les rembolsan viáticos, y actúan exclusivamente de acuerdo a sus convicciones, la problemática de los pueblos autóctonos antes señalada, se inscribe en el contexto que los mapuches, “migrantes y afrodescendientes … son regularmente objeto de perfiles raciales por parte de la policía y otros organismos encargados de hacer cumplir la ley”.
Al propio tiempo el Comité recordó el imperativo que los indígenas deben gozar “de garantías procesales en todo momento”, poniendo el ejemplo “ que los detenidos se encuentren en centros penitenciarios cercanos a su comunidad”, donde se respeten su “cultura y las tradiciones”, lo cual impone “organizar cursos de formación para sensibilizar a los agentes del orden y a los funcionarios de prisiones sobre los derechos, costumbres, rituales y tradiciones”.
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La batería de recomendaciones esgrimidas por el Comité para remediar estas y otras deficiencias, contemplan “proporcionar una protección efectiva contra la discriminación racial”, velando para que se consulte a estos pueblos “antes de autorizar cualquier proyecto de inversión que pueda impactar negativamente en sus derechos a la tierra y los recursos que posean o que han utilizado tradicionalmente, con el fin de obtener un consentimiento libre, previo e informado”.
Se añade destinar los “recursos suficientes para la recuperación de las lenguas indígenas y asegure el acceso de los Pueblos Indígenas a la educación y promueva la participación de los docentes indígenas”, y adopte disposiciones “legislativas y de otra índole necesarias para para reducir las limitaciones que enfrentan con respecto al uso de los medios de comunicación comunitarios para promover el uso de” todas esas lenguas.
Se agrega acelerar “la restitución de las tierras ancestrales y proporcionar medios eficaces y suficientes para proteger los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras y recursos ancestrales”, extendiendo paralelamente la protección de la ley de acuerdo a estándares internacionales, a los afrodescendientes chilenos, a los migrantes, solicitantes de asilo, y refugiados, como los venezolanos y haitianos, victimas de “prejuicios, estereotipos y actos discriminatorios”.