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Expropiación de YPF: el Gobierno solicitó última prórroga para evitar la activación de los embargos

Argentina pidió una última prórroga para evitar la fijación de plazos para comenzar a realizar los pagos. Plazo que en principio vencería este miércoles 10 de enero.

Expropiación de YPF: el Gobierno solicitó última prórroga para evitar la activación de los embargos
Expropiación de YPF: el Gobierno solicitó última prórroga para evitar la activación de los embargos | Télam

Llegó el día, este miércoles 10 de enero es la fecha límite y estas, son horas decisivas en el marco del juicio por la expropiación de la petrolera YPF, porque precisamente la jueza neoyorkina Loretta Preska tiene que decidir si activará los embargos contra la Argentina. En concreto, la sentencia con fallo en contra del Gobierno Nacional, condenándolo a pagar la suma de USD 16.100 millones, podría ser ejecutable este miércoles.

En el marco de la causa por la reestatización de YPF operada en 2012, el Gobierno Nacional pidió el lunes una última prórroga para que no se activen los embargos contra el país, a partir del vencimiento del plazo establecido para el miércoles. El escrito presentado ante la jueza de la causa, busca evitar la fijación de plazos con fecha cierta para hacer efectivos los eventuales pagos, en caso de no presentarse garantías. En ese contexto, los abogados del estudio Sullivan & Cromwell, solicitaron "que no se reconozca la fecha del 10 de enero como tope para que el Gobierno argentino presente garantías".

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La causa y condena 

El juicio por la expropiación del 51% de las acciones de la petrolera YPF, se trata de la causa más relevante y con mayor impacto económico sobre la economía argentina.  En primera instancia, la jueza Preska determinó que el Estado Argentino durante el proceso de reestatización de la compañía violó el estatuto de la petrolera. De ese modo, perjudicó a los accionistas minoritarios, entre ellos, a las empresas Petersen Energía y Petersen Inversora. Por consiguiente, condenó a Argentina al pago de una indemnización, pero eximió de responsabilidad a YPF.

Cabe recordar que Argentina fue condenada, en primera instancia, a pagar la suma de USD 16.000.000 millones, a los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park en concepto de resarcimiento indemnizatorio.

Lo cierto es que para evitar que la sentencia sea ejecutable, la magistrada impuso como requisito que Argentina presentara en garantía el 26% de las acciones de YPF. Así también, pidió un crédito a cobrar por una presunta deuda que Paraguay mantiene con la Argentina por la construcción de la represa Yacyretá, equivalente a unos USD 2000 millones al valor actual desde el tiempo de construcción de la represa. También se propuso como activo en garantía, el capital del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses. La jueza Preska accedió a los primeros dos pedidos, pero lo denegó respecto del FGS ya que estaba comprometido con los haberes jubilatorios.

Lo cierto es que los dos activos fijados como garantía son dificultosos de prendar. Por una parte, para dar las acciones de YPF se requiere la autorización del Congreso por la ley de Expropiación de la petrolera de 2012. Por otro lado, no existe documentación que avale la presunta deuda paraguaya.

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La apelación

A su vez, el 22 de febrero próximo Argentina tendrá que presentar ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, un escrito argumentando el pedido para que los jueces de segunda instancia revisen la sentencia de Loretta Preska

Prórroga previa

“Para adaptarse a la nueva administración en la Argentina, el Tribunal permitirá hasta el 10 de enero de 2024 para que la República prometa activos a los Demandantes, como se indica en la Orden del Tribunal del 21 de noviembre. Además, el Tribunal permitirá una extensión de una semana del plazo de la República, hasta el 30 de enero de 2024, para presentar su escrito de apertura y solicitar una revisión acelerada del Tribunal de Apelaciones. La suspensión temporal de la ejecución permanecerá en vigor hasta lo que ocurra primero”, se expidió Preska. 

La jueza de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, previamente había concedido al Estado argentino la extensión del plazo para evitar los embargos. En ese contexto, le fue dado un plazo que vence hoy 10 de enero. Dentro del plazo de gracia otorgado, el Estado Nacional debía dar en depósito una garantía, entre tanto iniciaba el proceso de apelación de la sentencia con fallo en contra que condenó a Argentina a pagar USD 16.100 millones a los fondos Burford Capital y Eton Park.

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Por su parte, la semana pasada los fondos presentaron un escrito manifestando que desde la fecha de la sentencia, el pasado 15 de septiembre, ya pasó un “plazo de tiempo razonable”, razón por la cual se encuentran listos para embargar activos argentinos.

Desde el buffete King & Spalding LLP, que representa a los fondos Burford e Eton Park, señalaron: “A pesar de las declaraciones bienvenidas y optimistas del nuevo presidente de la Argentina, los abogados del Estado argentino han dejado en claro que la República no cooperará ni siquiera en cosas básicas, como aceptar la notificación de acciones para reconocer la sentencia en el extranjero y, por lo tanto, los demandantes siguen convencidos de la probable necesidad de hacer cumplir la sentencia a través del arduo y lento proceso de embargar bienes no inmunes”.

Fundamentos del pedido

Con motivo en el nuevo pedido presentado por Argentina, la jueza que entiende en la causa deberá ratificar o rectificar el fallo previo, en el que quedó establecido  el 10 de enero de 2024, como la fecha límite para habilitar a los demandantes para el rastreo de activos pasibles de ser embargados, en caso de que Argentina no presenta garantías.

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"Mientras los beneficiarios del fallo no encuentren activos para embargar en Estados Unidos, no hay necesidad de establecer una fecha puntual para comenzar los embargos", argumentó el estudio “Sullivan & Cromwell” en representación del Estado Argentino.

Lo cierto es que desde hoy, 10 de enero, los activos argentinos en Estados Unidos podrían ser pasibles de embargo, tras la condena en primera instancia en el juicio por la expropiación del 51% de las acciones de YPF, en el año 2012. Hasta la fecha, los demandantes no encontraron activos argentinos que pueda ser confiscado en el exterior. No obstante, la magistrada deberá pronunciarse respecto de la extensión del plazo de suspensión provisional de la ejecución o por la confirmación de la fecha establecida como límite.

JL