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MODO FONTEVECCHIA
Las causas de la expresidenta

Felix Lonigro: “La observaciones de la ONU en el caso CFK son atendibles, pero no vinculantes”

El constitucionalista Felix Lonigro explicó qué alcance tienen las posiciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU sobre la condena de Cristina Kirchner, y reiteró que no son vinculantes para la Justicia argentina.

Félix Lonigro 23022026
Félix Lonigro | Captura Web

La presentación de Cristina Fernández de Kirchner ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas abrió un nuevo capítulo en torno a la condena en la causa Vialidad y a las posibilidades de recurrir a organismos internacionales después de que la sentencia quedara firme por la decisión de la Corte Suprema. El constitucionalista Felix Lonigro analizó qué alcance puede tener ese planteo internacional de la defensa de CFK, y habló del peso que esas observaciones de un organismo de Naciones Unidas pueden tener frente a las condenas de la Justicia local.

En diálogo con Jorge Fontevecchia, en Modo Fontevecchia, por +Perfil, Radio Perfil (AM 1190), Lonigro explicó las diferencias entre los organismos internacionales y los tribunales argentinos, y señaló que el Comité de Derechos Humanos de la ONU no dicta sentencias ni emite órdenes, sino observaciones. También se refirió a los requisitos para acceder a esa instancia, al estado de la condena de la expresidenta y a las implicancias que podría tener un eventual pronunciamiento internacional sobre su situación política.

Felix Lonigro es un reconocido abogado De la Facultad de Derecho de la UBA, especialista en Derecho Constitucional.

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Hola, Felix. Buen mediodía. ¿Qué tal? Gracias por atendernos.

¿Qué tal? Muchas gracias, igualmente. Un gusto.

Bueno, a ver, la expresidenta Cristina Kirchner, recordemos, cumpliendo condena domiciliaria en su departamento allí, en el barrio Constitución, se presentó ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, argumentando violaciones a las garantías del debido proceso que se llevó a cabo en el país y hablando de persecución también. ¿Hay margen de esto? ¿Qué fuerza tiene? ¿Qué cosa real puede tener esta postura frente a la decisión de la Justicia argentina, que pasó por todas las instancias y para muchos no hay margen para volver atrás? No sé qué es lo que dice usted.

Efectivamente, tenemos un expediente judicial en el que fue condenada Cristina Fernández en la causa Vialidad. La sentencia pasó por todas las instancias, está firme. Y, por lo tanto, la única alternativa que le podía quedar a los abogados era apelar a los organismos internacionales que prevé la OEA, en este caso el Pacto de San José de Costa Rica, y estamos hablando de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o la Corte Interamericana de Justicia, o bien la ONU, que a través de sus comités de derechos humanos, en este caso específicamente el creado por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Bueno, lo que pasa es que, para el primero, para poder ir al Pacto de San José de Costa Rica, la Comisión Interamericana necesitaba hacerlo dentro de los seis meses de haber sido condenada. Ese plazo se le pasó y, por lo tanto, la única alternativa que le quedaba ahora es apelar a este Comité de Derechos Humanos, insisto, previsto por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. No es un órgano judicial, es un comité integrado por 18 miembros, no necesariamente abogados. El requisito para integrar ese comité es tener, digamos, alta consideración moral y ética respecto de sus integrantes, o sea que indudablemente no es un órgano que dicta sentencias. ¿Qué es lo que hace este órgano? Emite observaciones, no emite órdenes. Así que indudablemente Cristina Fernández podrá ir a hacer los planteos que quiera, pero advierto que este comité únicamente da curso a los reclamos cuando se trata de privaciones arbitrarias de derechos. En este caso, Cristina Fernández está privada de su libertad y es inhabilitada para ejercer derechos políticos, que, entre paréntesis, me parece que es lo que más le molesta, después de un proceso que tuvo muchos años, en el que intervinieron todos los jueces de todas las instancias. De modo que es difícil ahí que pueda acreditar ella que no tuvo el derecho a ser defendida, que, en definitiva, es lo que mira este tipo de órganos y comités.

Ahora, la pregunta, Felix, es: ¿la condena de Cristina tiene que ver con hechos de corrupción, con cuestiones vinculadas al manejo de dinero, y no quizás a interpretaciones políticas, como a veces puede ocurrir con figuras políticas que han tenido un lugar preponderante en el manejo de un país, no? Aquí no se juzgó, me parece, la intencionalidad política, sino hechos de corrupción concretos que fueron comprobados. ¿Eso le quita espacio para estos ámbitos de reclamo? Porque, a ver, si mañana alguien roba un auto acá, en la esquina, es condenado, va a la cárcel por eso, ¿puede ir a Naciones Unidas a decir lo mismo?

Bueno, por eso digo, cuando se trata de un proceso judicial en el que intervino un órgano, uno de los tres poderes del Estado, se llevó a una sentencia, Cristina Fernández seguramente —no sé si lo dirá o no lo dirá—, pero si le preguntan podrá decir que ha presentado más de 300 recursos en ese expediente. Entonces es probable que le digan a este comité: “Mire, ¿qué quiere que hagamos? ¿Quiere que digamos que usted no tuvo derecho a ser defendida después de haber presentado la cantidad de recursos que presentó, después de haber actuado en todas las instancias?”. Difícilmente. A ver, supongamos que fuera Perón, Cristina Fernández. Bueno, Perón en su momento fue proscripto. Por proscripción significa inhabilitación arbitraria y no lo dejaron participar de elecciones, estuvo proscripto muchos años. ¿Puede ir a un organismo? ¿Puede ir a un organismo como este? Porque, indudablemente, hubo derechos fundamentales violentados. Pero el caso de Cristina es muy diferente. Y fíjense que ahora los abogados de Cristina Fernández, ayer precisamente, bueno, salieron a decir que había aparecido una prueba nueva en el ámbito de la causa Cuadernos, que no es la causa en la que Cristina está condenada, y bueno, diciendo que esa prueba es fundamental y entonces diciendo que, justamente, Lázaro Báez no había sido adjudicatario del 80% de las obras. A ver, estamos hablando de pruebas, ¿cierto? Pruebas. Los organismos internacionales no van a intervenir cuando se les llevan este tipo de cuestiones. Y, además, un dato a tener en cuenta es que los abogados de Cristina Fernández están pensando en presentar un recurso de revisión en sede penal por sentencia arbitraria. Y para poder acceder al Comité de Derechos Humanos de la ONU es necesario que agote, según el pacto internacional al que hemos adherido, todas las instancias en la Argentina. Entonces, si va al Comité de Derechos Humanos y le dice: “Mire, nosotros hemos presentado un recurso de revisión en la Argentina”, le van a decir: “Bueno, una vez que lo resuelvan, venga a ver, no antes”. De modo que me parece que, en todos los aspectos, Cristina Fernández tiene las puertas, no sé si las puertas cerradas, pero el resultado positivo, aun cuando la estuviera abierta, es muy difícil que lo logre. Así que me parece que es una estrategia política.

La “prueba clave” que presentó la defensa de Cristina Kirchner ante la ONU por la condena en Vialidad

La pregunta es, suponiendo que este ámbito de Naciones Unidas le da razón y dice: “Bueno, tiene razón”, o tiene margen para hacer una presentación ante la Justicia, distintos argumentos que podría utilizar. ¿Cuál fuerza tiene en nuestro país y, en todo caso, si podría habilitar ese argumento a que ella sea candidata, más allá de que después pueda asumir o no?

Bueno, indudablemente…

Ahí, a ver, si estamos, porque se nos cortó, me parece. Estamos hablando con Felix Lonigro, la situación de Cristina Fernández de Kirchner, la instancia que ha presentado… Félix, ¿me oye bien ahí? ¿Me recibe?

Estoy escuchando.

Ah, sí. No, la pregunta sobre lo que podría generar una señal positiva, digamos, para Cristina.

No, yo creo que… A ver, para nuestra Corte, estos organismos no tienen fuerza vinculante en su decisión. Así que no hay que… La Corte Suprema de Justicia de la Nación, serán atendibles las observaciones, pero no son vinculantes. Así que ni aun cuando el comité le dé la razón, eso va a obligar a la Secretaría de Salud.

¿Y tampoco le va a dar margen a presentarse? ¿Ella puede ser candidata?

No. No puede ser candidata. Hay una habilitación que está prevista en la Ley de Partidos Políticos y en el Código Nacional Electoral, que prevé…

Lo vamos perdiendo a Felix, me parece que se hace un poco difícil la comunicación. A ver, Felix, le estamos perdiendo la voz. Bueno, lamentablemente nos quedamos ahí pendientes. No sé si podemos retomar la comunicación. Ya estamos a un minuto. Ya vamos a terminar nuestro encuentro, el de todas las mañanas aquí en Modo Fontevecchia. La promesa para retomar quizás en algún momento con Felix, para tener la posibilidad de tener esta respuesta, que para muchos es polémica y no tiene posibilidades, incluso desde la legalidad, la expresidenta de ser candidata el próximo año.


LMM