MODO FONTEVECCHIA
Crimen de Fernando Báez Sosa

Hugo López Carribero, penalista: "Se rompió parcialmente el pacto de silencio en Dolores"

El abogado analizó las últimas novedades del juicio, donde Luciano Pertossi prestó declaración, pero sólo dijo que no estuvo en el lugar del hecho, algo contradictorio con el registro fílmico y las declaraciones de los testigos.

Los rugbiers, cada vez más complicados
Los rugbiers, cada vez más complicados | Télam

El especialista en criminología, Hugo López Carribero, reveló detalles sobre el caso de Fernando Báez Sosa y afirmó que es común que, en los juicios orales, los acusados cambien de estado de ánimo. "Estos jóvenes han tenido desprecio hacia la vida humana", afirmó en Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (FM 101.9).

¿Qué le sugiere lo que está sucediendo?

Ayer, como usted bien señalaba, uno de los imputados decidió hablar. Pero lo hizo de una manera muy escueta, sin responder preguntas.

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Por supuesto que es una indagatoria, y él está con la garantía constitucional de hablar si quiere, y responder preguntas. Pero es algo llamativo, porque lo usual en estos casos es que, cuando uno habla, se defiende de manera integral.

Lo que habitualmente sucede es que la persona decide declarar y se somete a las preguntas que tiene la fiscalía. Es muy poco probable que un imputado tome esta actitud, más aún si está acusado con un delito que puede llegar a tener la pena de prisión perpetua. No es común en los juicios orales.

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¿Para qué pide declarar y decir “yo no estuve”, cuando eso es fácilmente demostrable como falso?

Esa actitud puede obedecer ser producto de la desesperación que la persona tiene al estar siendo ubicada en el lugar del hecho por los testigos oculares. Tratar de salir de esa situación tan complicada solamente con sus propios dichos.

Los abogados penalistas siempre decimos que las declaraciones indagatorias tienen que tener dos características, si no, mejor que no digan nada. Primero, tiene que ser una declaración que lo beneficie, no que lo perjudique; segundo, tiene que ser algo creíble dentro del escenario de los hechos.

En este punto en particular, la declaración que hizo el joven no tuvo ninguna de estas dos características, no lo benefició, y lo poco que dijo no fue creíble. Fue una declaración, desde el punto de vista jurídico, completamente inoficiosa.

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¿Puede significar, al interior del grupo, una amenaza velada, algo que perjudique al resto de los imputados, que se relacione con algo acordado previamente?

Perjudicarlos jurídicamente no, porque no dijo “el que sale ahí no soy yo, es tal…”. No echó culpas ajenas. Él trató de defenderse sin inculpar a los demás. Habrá que ver cuál es ese pacto de silencio que, ayer, parcialmente, quedó deteriorado.

¿Le parece una buena estrategia que todos tengan al mismo abogado?

Es buena mientras no haya intereses contrapuestos, que es lo que señalábamos recién. Si alguno de ellos declara y dice “el que le pegó fue él, yo no le pegué”, es otro escenario y se deben dividir las defensas técnicas. Esto no impide que los que tengan que ser condenados sean condenados.

Jorge Elías (JE): ¿La sentencia es conjunta o es individual? ¿Puede caberle a alguno más pena que a otro?

La sentencia es individual. Es una sola sentencia, pero dentro de ella hay ítems individuales.

Creo que hay tres escenarios posibles. Un escenario podría ser que todos sean condenados a prisión perpetua. El segundo, que algunos sean condenados a perpetua y otros pocos absueltos. Un tercer escenario sería que algunos sean condenados a prisión perpetua, y otros como partícipes secundarios.

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Partícipes secundarios sería que prestaron una ayuda, pero esa ayuda no fue indispensable, que sin su participación el homicidio igual se podría haber cometido. La ley establece, para esos partícipes secundarios, una condena de 15 años de prisión.

JE: ¿La prisión perpetua puede ser revocable por buena conducta?

Hay un tema de contradicción normativa. En el año 2017 se modificó el art. 14 del código penal, estableciendo que a quienes sean condenados a prisión perpetua no les corresponde la libertad condicional.

La mitad de los jueces sostienen que ese artículo es inconstitucional, porque la misión que tiene la pena no es la penitencia sino la resocialización del preso. Entonces ponen la libertad condicional a los 35 años de prisión, pero no antes.

¿Cuánto cree que pesa la presión mediática y social?

En algunos tribunales pesa mucho. Si yo le contesto como abogado penalista y profesor universitario, opino que no debería pesar. Los jueces deberían tomar la decisión lo más imparcialmente posible.

La gente de derecho tenemos interés en que se haga justicia, y eso significa también que los imputados sean sometidos a un juicio justo. Si corresponde que se los condene, bienvenido sea. Pero también se hace justicia absolviendo, cuando corresponde, por supuesto.

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¿Estos hechos marcan el perfil de asesinos por parte de los chicos o de protagonistas de un hecho que se les fue de las manos?

Lo que se puede observar claramente es que estos jóvenes han tenido desprecio hacia la vida humana.

No solamente en el episodio concreto, lo que hicieron y cómo lo hicieron, sino también sus conductas posteriores al hecho. Esas conductas son contempladas por el tribunal, según lo establece el art. 41 del código penal.

Estos últimos días se vio un cambio en algunos de ellos. Se los ve más nerviosos, durmiendo mal, no comen, ¿cree que esto tiene que ver con que se ven venir una condena muy dura?

Habitualmente, lo que se ve en los juicios orales, es que los imputados cambian de temperamento en la medida en que vienen a declarar los testigos presenciales del hecho. Cuando van ubicando a los acusados en el lugar del hecho y desarrollando la descripción de las acciones delictivas por las cuales vienen siendo acusados. Esto se ve en todos los juicios orales.

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Cuando empezó todo esto, dos de los rugbiers, Milanesi y Guarino, fueron liberados, ¿su situación procesal puede llegar a cambiar?

No, porque esas personas fueron sobreseídas. Tienen el principio de que no pueden ser juzgados dos veces por el mismo hecho. El sobreseimiento, en la Provincia, es definitivo. Incluso están incluidos en la causa para que declaren como testigos.

FM JL