Para Roberto Gargarella, los insultos del presidente Javier Milei no solo “no están protegidos por el derecho”, sino que además constituyen “una forma de censura indirecta” que busca intimidar y silenciar voces críticas. El jurista explicó que el derecho “viene diciendo hace mucho que no hay un derecho al insulto” y que, cuando estos agravios provienen de una figura con poder, como el presidente, resultan “especialmente graves”. “El presidente está obligado a soportar críticas de una amplitud que ningún otro ciudadano está obligado a soportar", indicó en Modo Fontevecchia, por Net TV, Radio Perfil (AM 1190) y Radio JAI (FM 96.3).
Roberto Gargarella es jurista y académico. Está especializado en derechos humanos, democracia, filosofía política y derecho constitucional. Además es sociólogo y abogado. Fue director de la revista Argentina de teoría jurídica, una de las más reconocidas en este ambiente. Se encuentra presentando su último libro, Manifiesto por un Derecho de Izquierda.
En el artículo tuyo, decías que los insultos del presidente no tenían ninguna garantía jurídica ni estaban apoyados por ninguna base que lo excluya de ser juzgado, eventualmente, por calumnias —en algunos casos por injuria o en otros por alentar el odio—. Y la pregunta que me hago es: ¿no era obvio esto? Que, un año y medio después de que insultos, poca gente le ha hecho juicio por los insultos, y que de alguna manera hubo una especie de anomia jurídica. Que nos sorprendió un presidente que insulta a todo el mundo y pasó un año y medio con realmente muy pocos juicios. O sea, creo que le hizo juicio Lanata, le hice juicio yo, y no sé si le hizo juicio alguien más por estos insultos. ¿A qué atribuís que algo que es tan obvio haya sido tolerado durante tanto tiempo?
Sí, tenés razón. Es extraño. Por un lado, me parece que por la cultura de las redes sociales que ha instalado como normalidad la agresión y la violencia verbal. Entonces, ha aparecido como normalizado lo que no es normal. Eso por un lado. Por otro lado, lo que veo es que también hay, por un lado de parte de la Justicia, el estar pensando, actuando con el radar y, digamos, viendo cómo están alineados los poderes del momento. Pero, digamos, es, en todo caso, el efecto retardo de también una comunidad de políticos, de activistas, y juristas que no quieren lanzarse, eh, sobre la yugular de autoridades poderosas. Ya sea por darles su margen de maniobra, ya sea por temor. Y creo que ese tema, el del temor, forma parte importante de esta discusión. Porque a los poderosos, al gobierno de turno, a cualquier autoridad establecida, a través de insultos, a través de agresiones verbales y demás, intimida. Y eso es parte del problema, y por eso es que es tan importante capturar eso, y que el derecho capture eso, y diga: “Aquí hay un problema especial. Es censura indirecta”.
Vos incluso apelás a la idea de “discursos que silencian” y mencionás que los insultos presidenciales generan censura indirecta, intimidan a las voces críticas, ya sean que provengan de periodistas o de la ciudadanía, ¿no?
Hay algo ahí muy muy importante, que es… primero, lo que yo destacaría es, con independencia de quién emita el discurso, hay ciertos discursos que no están protegidos por el derecho. Si me permitís hacer el punto, al derecho le interesa muchísimo dejar en claro que la libertad de expresión es algo muy especial. Yo lo llamo el “derecho de los derechos”, porque el derecho, sobre todo el derecho a la crítica política, sirve para sostener a todos los demás derechos. Entonces, hay algo en la esfera de los derechos que merece especial protección. Dentro de la esfera de los derechos, el de la libertad de expresión ocupa un lugar muy especial. Y dentro de la libertad de expresión también hay discursos de distinto tipo. Hay discursos que no le interesan demasiado al derecho, como por ejemplo el de la publicidad comercial, la protege, pero no es una superprotección. Hay otros discursos, como el discurso del odio, que no va a proteger. Hay discursos como la crítica política, que superprotege.
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Entonces, la crítica política es demasiado importante para el derecho. Y, al mismo tiempo, la contracara es que hay discursos que no son protegidos. Y el de los insultos normalmente es visto que no forma parte de la esfera del discurso protegido. Dejar en claro que los discursos están fuera del derecho. La Corte argentina ha venido insistiendo durante muchos casos con esa idea: no hay un derecho al insulto. Pero entonces, está claro para el derecho que hay ciertas formas de discursos que están fuera de lo aceptable.
Dicho eso, agregaría, por un lado, que discursos que además dañan a terceros, son discursos especialmente —no solamente no protegidos— sino discursos censurados por el derecho, sancionados por el derecho. Porque ese es el límite, te diría, universalmente, al menos en el derecho contemporáneo, en Occidente, ese es el límite del derecho de expresión. Uno puede decir críticas durísimas, pero lo que no puede hacer es dañar a terceros. Y aquí, en el caso de los insultos, hay daño a terceros.
Y la tercera calificación que me interesa hacer: primero, no es discurso protegido; segundo, es discurso que el derecho señala como no permisible y que debe ser atacado, el del daño a terceros, ese es el límite de los derechos, pero la tercera calificación, y esta es donde entrábamos, tiene que ver con el funcionario público: quién emite y quién lo recibe también.
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En cuanto a quién emite, digamos que lo emita una autoridad prominente, que tiene el control de presupuesto y coerción, para decirlo de algún modo, es especialmente grave. Y eso no debe ser visto como algunos quieren ver, “ah, como es un político, entonces tiene que tener libertades especiales”. En cuanto a este discurso no protegido, tiene limitaciones especiales. ¿Por qué? Por los riesgos de que eso cave el debate público. En ese sentido, discursos que silencian.
Entonces, la idea de miramos el derecho de libertad de expresión desde el parámetro de la importancia de un debate público robusto. Y hay discursos, como el discurso que puede ser el discurso de la agresión presidencial, que no sólo no contribuye, sino que socava al derecho.
Y es lo último que te digo. Bien interesante pensar la posición de una autoridad como la autoridad presidencial, porque merece ser mirada, de modo muy distinto del que algunos se acercan intuitivamente. Primero: el presidente está obligado a soportar críticas de una amplitud que ningún otro ciudadano está obligado a soportar. El presidente y otros funcionarios públicos prominentes. Digamos, la idea es, al menos desde los años 60, New York Times vs. Sullivan, se puede hacer una crítica al presidente, que aún afecte su honor. En un caso argentino, el caso Quantín, digamos, se dijo que, por ejemplo, el insulto “nazi”, que él muchas veces sale diciendo “ah, me dijeron esto, lo otro”, es un discurso protegido si es una crítica a un funcionario público elevado, como el presidente.
Entonces, por un lado, él tiene que aguantarse cosas por el lugar en el que está, por el que se ha puesto especialmente y por el poder que controla. Tiene que aguantarse críticas que otros no estamos obligados a aguantar. Y por otro lado, él tiene limitaciones que otros no tenemos. ¿Por qué? Por los riesgos de censura indirecta, los riesgos de socavar el discurso público robusto.
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Normalmente se confunde libertad de expresión, libertad de prensa, y en el grado de la libertad de expresión, ¿quién tiene más constreñida la libertad de expresión? O sea, la libertad de expresión la tiene todo el mundo: los periodistas y cualquier ciudadano. La libertad de prensa es que, además de la libertad de expresión, la libertad de prensa tiene protecciones especiales, como que además, por ejemplo, los gobiernos no deben perseguirlos ni materialmente.
Sí, y yo lo ampliaría, el derecho a la crítica política. Entonces, hay una libertad de prensa especialmente protegida, pero yo diría que, en general, la crítica política es discurso ultraprotegido.
Pero vale tanto para un ciudadano común como para un periodista. Entonces, son dos cosas diferentes: la libertad de expresión, que le cabe a todo el mundo, y la libertad de prensa le agrega a la libertad de expresión algunos derechos por parte del periodista. Ahora, sea un ciudadano común cubierto por la libertad de expresión o sea un periodista, si insulta, si miente, si calumnia, después tiene consecuencias. O sea, la libertad de expresión lo único que plantea es que no haya censura previa. Pero si alguien dice algo que implica un delito que está penado por la ley —como una calumnia, una injuria— después tiene consecuencias. Sea periodista, sea presidente, sea un ciudadano común.
Exacto. Eso es lo que yo decía —si querés, con palabras más complicadas— pero que hay discursos no protegidos, como el discurso del insulto. Y empiezan ahí las calificaciones.
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Y yo creo que hay un matiz, o un tipo de matiz, que agregar respecto de quién emite el discurso, y un segundo matiz que agregar respecto de quién lo recibe. Y en esto que vos estás señalando ahora, es que también lo dijo la Cámara en tu caso, citando a la Corte Interamericana— y es que hay algo muy relevante en el caso de los periodistas que contribuyen a la deliberación política y por eso hay algo especialmente importante en proteger ese tipo de discurso que pueden hacer los periodistas.
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Entonces, si el que recibe la crítica es el periodismo, hay un problema especial, Entonces también vamos a ver problemas no solamente especiales si el que lo emite tiene mucho poder, sino si la crítica es recibida por un grupo que hace una contribución muy relevante y que necesitamos que haga una contribución muy relevante a la deliberación pública.
Por eso uno habla de censura indirecta. Porque hay un poder de intimidación, directo e indirecto. No solamente cuando te dicen algo a vos, sino, si vos te vinculás en esa disputa, bueno… hay poderes formales e informales. Y aquí interesan en particular los informales. Y en este momento de la democracia, es muy importante tener en cuenta eso: el poder que tiene, ya sea a través del servicio de inteligencia, ya sea a través de avisadores, ya sea a través de presiones económicas, de afectarte a vos o a una empresa periodística.
Entonces, eso la justicia lo tiene en cuenta —o lo empieza a tener en cuenta— y es muy importante subrayarlo con rojo diez veces. Porque hay ahí un tema muy especial por los poderes de intimidación, directos e indirectos, que tiene el presidente con su discurso directamente. E indirectamente, con las presiones que pueden meter sobre una empresa periodística o sobre un periodista. Digamos, intimidándolo directamente con sus palabras, y, por otro lado, indirectamente, quitándole avisadores o presionando sobre avisadores. Directo o indirectamente.
Se puede asociar al tema de ayer en el Senado. ¿Por qué el mismo Senado —porque es exactamente el mismo Senado del 10 de diciembre de 2023— hoy tiene esta actitud? Bueno, ha pasado más de un año y medio, hay un proceso de desgaste, y hoy el costo de enfrentar al presidente es menor que el costo de haberlo enfrentado en enero del año pasado, por ejemplo. Entonces, volviendo a la defección estratégica: no es solo de la justicia. La defección estratégica también es del Congreso, la defección estratégica también es del periodismo, aceptando como natural que él pueda insultar. Finalmente lo que se corre es la ventana de Overton. ¿Te acordás aquella tesis de las ciencias sociales de que, en determinados momentos, aquello que es políticamente incorrecto se convierte en aceptable, y luego en políticamente correcto?
No, totalmente. De todos modos, vos estás haciendo hincapié en algo que es relevante para la justicia en términos del cálculo estratégico o para la política, digamos, el cálculo estratégico. A mí me interesa acompañar esa reflexión con una reflexión más jurídica. Para decir: estemos claros sobre el derecho en esta materia. Porque el derecho se ha pronunciado muchas veces y ha dicho cosas muy importantes, muy relevantes, que son vigentes en todo el mundo y que nos acompañan. Entonces, sepamos que no solamente hay una cuestión de cálculos,, sino que hay una posición estable y cada vez más sólida del derecho que nos acompaña en esta materia.
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Y un apunte adicional. Y es bastante notable: ahora, con un grupo de abogados, estamos pensando sobre estas cuestiones, y si uno mira la jurisprudencia, no solamente argentina sino en la Corte Interamericana, en la Corte Europea, en el Tribunal Europeo… pero además hay decisiones bastante impresionantes en los tribunales que nos rodean. En demandas que terminaron en condena a López Obrador en México, en exigencias de indemnización a periodistas en el caso de Brasil, con Bolsonaro, a una periodista a la que había dirigido discursos machistas y agraviante. O sea, también interesante en ese sentido. En Colombia, contra el presidente Uribe. En Colombia, toda una serie de periodistas mujeres demandando al poder y ganando una tutela de protección contra el discurso de los políticos que les afectaban a periodistas.
Entonces, hay mucha jurisprudencia relevante que nos rodean, que hablan de enjuiciamientos a presidentes en ejercicio por discursos, diría, en particular, discursos de agresión a periodistas, sobre todo mujeres, pero no solamente. Y eso, durante el ejercicio: la condena, y a veces el pago de indemnizaciones. O sea que hay tranquilidad, en cuanto a que están muy bien respaldados por la jurisprudencia consolidada, tanto en las altas cortes como en el derecho comparado.
Una persona como Milei sorprendió por lo que llaman la ametralladora de falacias. O sea, la cantidad de insultos, primero generó perplejidad, porque a lo mejor un insulto aislado hubiera merecido un juicio, porque hubiera sorprendido. Y parte de la estrategia comunicacional de estas nuevas derechas es, casualmente, la ametralladora de falacias. O sea, son tantos que dejan absorto a los demás. Entonces, lo naturalizan simplemente por la cantidad de veces que lo realizan. Es como si un delito yo lo hago y lo escondo, bueno… soy consciente de que es delito. Ahora, si lo repito todo el tiempo, frente a todo el mundo, como que pareciera que no es delito, para decirlo de alguna manera.
Sí, Hay, por un lado, eso: efectivamente, complacencia. Por otro lado, temor. Y por otro lado, la naturalización que ha sido propia de este momento —el momento breve, el momento Twitter de la historia— en donde la comunicación se ha convertido en un medio en donde la comunicación habitual, normal, es el insulto, el agravio. Y entonces la ratificación de la polarización y el odio al que piensa distinto, mientras un montón de gente que está con vos te va dando likes. O sea, se ha naturalizado ese discurso de la batalla violenta.
Y un elemento que me parece interesante, es una palabra que utilizaba Milei como candidato, que es una palabra, un acrónimo: RT, que es retuitear, de la época en que “X” se llamaba Twitter. Él siempre se defendió diciendo: “No, yo no insulté, yo retuiteé el insulto de otro”. No. Mientras que en los medios tradicionales nosotros somos responsables por la reproducción de algo que sea una calumnia o una injuria.
Esas son palabras del presidente. Eso no está protegido. Tiene que ver, entre otras cosas, con el nivel de ignorancia asombrosa con que —en términos jurídicos— se mueve el gobierno. Eso lo digo tanto pensando en el Ministerio de Justicia como pensando en el Ministerio de Economía. Y sus asesores económicos también. O sea, el hecho, la idea esta de que el derecho no sirve para nada, es puramente cobertura, o simplemente no lo tengo en cuenta porque lo que supongo es que el derecho está ahí para ayudar a robar o para ayudar a encubrir cosas que pasan por otro lado. Habla de un nivel de irresponsabilidad también en términos jurídicos muy llamativo, cuyas consecuencias empiezan a verse ahora. Y espero que vayan quedando cada vez más claras, desde ahora, que es un momento de pérdida de atracción pública.
RM/fl