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ESCÁNDALO FINANCIERO

Embargan a la Bolsa del Chaco por $1.890 millones por la pérdida de fondos públicos en Sáenz Peña

La Justicia hizo lugar a una cautelar en una acción de amparo promovida por el Municipio y ordenó retener activos hasta cubrir capital, intereses y costas. El oficio ya fue librado al Banco Central para localizar cuentas en todo el país.

Bolsa de Comercio del Chaco
Bolsa de Comercio del Chaco | Perfil NEA

La Bolsa de Comercio del Chaco quedó alcanzada por un embargo preventivo por $1.890.691.105,07 en el marco de la causa que inició por la denuncia de la Municipalidad de Sáenz Peña, mediante una acción de amparo a la que accedió Perfil, tras el escándalo financiera que provocó denuncias cruzadas y que pone foco presuntas maniobras no autorizadas del Ejecutivo municipal.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Nº 15, firmada este miércoles, en la que se ordena trabar embargo por $1.350.493.646,48 en concepto de capital, más $540.197.458,59 fijados provisoriamente para intereses y costas (40%).

El planteo del Municipio y la base del reclamo

La presentación fue impulsada por la Municipalidad de Presidencia Roque Sáenz Peña, que en el marco de la acción de amparo solicitó la medida cautelar al sostener que fondos públicos habrían sido colocados en instrumentos del segmento No Garantizado (NOGA) del Mercado Argentino de Valores (MAV) “sin instrucción ni autorización específica”.

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Según surge del expediente, la comuna operaba desde 2019 con una cuenta comitente bajo perfil de “Inversor Conservador”, pero hacia fines del año pasado se habría producido una modificación que derivó en inversiones que no se corresponderían con ese encuadre.

El juez remarcó que, “prima facie, está acreditado que hubo un período de tiempo –más precisamente desde el año 2019– en el cual la accionante ha operado con la accionada”, y que la modificación del perfil derivó en adquisiciones “sin el respaldo/garantía pertinente al perfil ‘conservador’”, lo que finalmente generó la pérdida de las sumas invertidas ante la imposibilidad de cobro de cheques de pago diferido.

Verosimilitud del derecho y peligro en la demora

En la resolución, el magistrado desarrolla extensamente los requisitos clásicos de toda cautelar: verosimilitud del derecho (“fumus bonis iuris”) y peligro en la demora (“periculum in mora”). Sobre el primer punto, sostuvo que de la documental acompañada surge “prima facie la existencia de un derecho con las connotaciones señaladas”, aunque aclaró que ello no implica adelantar opinión sobre el fondo del litigio.

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En cuanto al riesgo procesal, subrayó que el peligro en la demora “surge claramente de las contingencias propias de la actividad de la accionada, sumada a hechos de público conocimiento que han derivado en causas judiciales en el ámbito penal”, lo que podría tornar ilusoria una eventual sentencia favorable si no se aseguran bienes suficientes.

El fallo enfatiza además la naturaleza de los fondos en discusión: “Se trataría de sumas de dinero que integran las arcas del Estado Municipal, con el que se deben cubrir necesidades estrechamente ligadas con la relación de éste y la comunidad bajo su tutela”.

Oficio al Banco Central y bloqueo de cuentas

Como parte de la decisión, se ordenó librar oficio al Banco Central de la República Argentina para que notifique el embargo a todas las entidades financieras del país.

En caso de detectarse cuentas a nombre de la Bolsa, deberán trabarse embargos sobre los montos existentes hasta cubrir el total fijado y transferirlos a la cuenta judicial que se abrirá en el expediente.

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La resolución también deja constancia de que, por tratarse de un actor estatal, no se exigió contracautela, conforme lo previsto en el Código Procesal Civil y Comercial del Chaco.

Una cautelar sin sentencia de fondo

El pronunciamiento aclara que la medida no implica un juicio definitivo sobre la responsabilidad de la demandada. Se trata de un anticipo asegurativo para preservar bienes mientras se sustancia la acción principal de amparo. Sin embargo, el impacto institucional es significativo: el embargo alcanza una suma cercana a los $1.900 millones y activa un mecanismo de rastreo y eventual inmovilización de activos a nivel nacional.

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La causa continuará ahora con el trámite del amparo, la producción de prueba y el traslado correspondiente a la parte demandada. En paralelo, el expediente se inscribe en un escenario más amplio de investigaciones penales y administrativas vinculadas a la operatoria financiera cuestionada.