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Justicia en Corrientes: confirman 8 años de prisión a un hombre que abusó de una joven al salir de un boliche

El Superior Tribunal de Justicia ratificó la pena de ocho años de cárcel para Francisco Iván Cirimele, quien abusó de una joven en 2019 tras salir de un local bailable en la ciudad de Esquina.

Justicia de Corrientes
La agresión ocurrió el 6 de abril de 2019. | Gentileza

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes ha puesto fin al proceso judicial contra Francisco Iván Cirimele, al rechazar el recurso de casación de la defensa y confirmar la condena a ocho años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal en la ciudad de Esquina.

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El hecho, ocurrido en abril de 2019, involucró a una joven que fue agredida por el condenado después de que ambos y un grupo de amigos salieran de un boliche.

Los hechos acreditados: la agresión en una estación de servicio

Según la Sentencia N° 200 del STJ, la agresión ocurrió el 6 de abril de 2019. La víctima había salido de un local bailable de Esquina y se subió a la camioneta del ahora condenado, a quien conocía a través de una prima.

Tras dejar a otros conocidos, la joven solicitó regresar al puerto, pero el imputado desvió el trayecto hacia una estación de servicio. En ese lugar, la obligó a permanecer en el vehículo, la inmovilizó y la accedió sexualmente a pesar de la resistencia de la víctima.

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La joven logró escapar y pidió ayuda a los empleados de la estación de servicio, quienes llamaron a un remis. Posteriormente, se formuló la denuncia.

Los argumentos del STJ: valor de la declaración de la víctima

El ministro del STJ, doctor Alejandro Alberto Chain, fue el encargado de analizar el recurso y subrayó que la sentencia condenatoria se basó en pruebas válidas y debidamente incorporadas al proceso.

El doctor Chain destacó que, en este tipo de delitos, la declaración de la víctima puede ser suficiente para sustentar un fallo condenatorio, siempre y cuando sea objeto de un “riguroso análisis” y esté respaldada por elementos periféricos.

"Nada impide que un pronunciamiento condenatorio se sustente sólo en la declaración testimonial de la víctima siempre que sea objeto de riguroso análisis y se expongan los aspectos que le asignan credibilidad; tal lo ocurrido en autos", sostuvo el magistrado en su voto.

Chain enfatizó que el testimonio de la joven estuvo corroborado por el examen médico, el informe psicológico y las declaraciones de los empleados de la estación de servicio que la asistieron esa madrugada, lo que blindó la consistencia del relato.

Los ministros Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez (presidente) y Fernando Augusto Niz acompañaron el voto de Chain. El doctor Eduardo Gilberto Panseri coincidió con la solución final, aunque dejó una aclaración sobre el orden de votación.

Justicia firme contra el abuso sexual

Con la Sentencia N° 200, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes reafirma la obligatoriedad de investigar y sancionar con rigor los delitos de abuso sexual, dando pleno valor probatorio al testimonio de la víctima cuando este se encuentra sólidamente respaldado por pruebas científicas y periféricas.

La pena de ocho años de prisión queda firme, enviando un mensaje claro sobre la defensa de la integridad sexual en la provincia.