La jueza técnica Dolly Fernández dictó este martes la prisión perpetua para César Sena, Emerenciano Sena y Marcela Acuña, al considerarlos responsables del femicidio de Cecilia Strzyzowski, ocurrido el 2 de junio de 2023 en la ciudad de Resistencia.
La magistrada dio lectura completa a la sentencia que ratificó el veredicto unánime del jurado popular emitido en noviembre de 2025 y definió las penas para todos los condenados en uno de los procesos judiciales más trascendentes en la historia reciente del Chaco.
Todos los imputados estuvieron conectados vía Zoom, aunque Emerenciano Sena no se mostró mediante cámara.
Ratificación del veredicto del jurado popular
Durante la lectura del fallo, Fernández recordó que el jurado popular declaró culpable a César Mario Alejandro Sena como autor del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, figura prevista en el artículo 80 incisos 1 y 11 del Código Penal.
En la misma línea, el tribunal confirmó la responsabilidad penal de Emerenciano Sena y Marcela Acuña como partícipes primarios del femicidio, entendiendo que ambos tuvieron intervención directa en la maniobra que culminó con el asesinato de la joven.
Asimismo, se ratificaron las condenas contra los colaboradores del hecho:
- José Gustavo Obregón y Fabiana Cecilia González, hallados culpables de encubrimiento agravado.
- Gustavo Melgarejo, condenado por encubrimiento simple.
- En tanto, Griselda Reynoso fue absuelta por el jurado popular.
Rechazo a los planteos de nulidad y a la inconstitucionalidad de la perpetua
Uno de los puntos centrales de la sentencia fue el rechazo a los planteos defensivos que intentaron anular el veredicto del jurado popular. La jueza consideró improcedente el pedido de nulidad formulado por los abogados defensores de los imputados.
Además, el tribunal desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la prisión perpetua impulsado por las defensas de la familia Sena, al sostener que la pena se ajusta al marco legal vigente para delitos de extrema gravedad como el femicidio.
No obstante, Fernández sí hizo lugar parcialmente a otro planteo defensivo al declarar la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y del artículo 56 bis de la Ley de Ejecución Penal, vinculados a restricciones para el acceso a beneficios penitenciarios.
Las penas impuestas
La resolución judicial estableció las siguientes condenas:
- César Sena: prisión perpetua como autor del femicidio, más accesorias legales y costas procesales.
- Emerenciano Sena: prisión perpetua como partícipe primario.
- Marcela Acuña: prisión perpetua como partícipe primaria.
La magistrada dispuso que los tres condenados permanezcan alojados en dependencias del Servicio Penitenciario Provincial y que no puedan ser trasladados sin autorización judicial.
Respecto a los encubridores, el fallo estableció:
- Gustavo Obregón: 5 años y 10 meses de prisión efectiva.
- Fabiana González: 5 años de prisión efectiva.
- Gustavo Melgarejo: 2 años y 10 meses de prisión en suspenso, con reglas de conducta por tres años, entre ellas fijar residencia, abstenerse de consumir alcohol o estupefacientes y no cometer nuevos delitos.
Medidas de protección y disposiciones complementarias
La sentencia también ordenó la prohibición absoluta de contacto de todos los condenados con Gloria Karina Romero, madre de la víctima, y su grupo familiar, estableciendo un perímetro de restricción de 500 metros durante el tiempo de cumplimiento de las penas.
En el plano civil, el tribunal dispuso que, una vez firme la sentencia, se proceda a la inscripción oficial del fallecimiento de Cecilia Strzyzowski como femicidio en el Registro Civil.
También se ordenó la entrega a la familia de la víctima de los restos óseos identificados y pertenencias personales secuestradas durante la investigación, mientras que otros restos indeterminados quedarán bajo resguardo del Instituto de Medicina y Ciencias Forenses para futuras pericias.
Asimismo, la jueza dispuso el decomiso de elementos secuestrados durante la causa, incluyendo el vehículo utilizado en el hecho y dispositivos electrónicos que serán destruidos.
Regulación de honorarios y cierre del proceso
El fallo también fijó los honorarios profesionales de los abogados defensores y de la querella, los cuales deberán ser afrontados por los condenados conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
Finalmente, Fernández ordenó notificar la sentencia a los organismos judiciales correspondientes, al Registro Nacional de Reincidencia y a las autoridades penitenciarias para el cómputo legal de las penas.
Con la lectura de la sentencia, la Justicia cerró una de las etapas más trascendentales del proceso penal, que ahora continuará en la instancia de ejecución de las condenas y eventuales revisiones judiciales.