Desde afuera, el juicio por jurados por el femicidio de Cecilia Strzyzowski pareció girar alrededor de los mismos nombres: César Sena, Emerenciano, Marcela Acuña, los colaboradores, la plaza llena, el jurado aislado en un hotel, al menos en la etapa de deliberación. Pero dentro de la sala hubo otros protagonistas silenciosos. Una de ellas fue Celeste Ojeda, defensora oficial, que llegó al debate oral con una doble carga: representar a Griselda Reinoso, la casera de la chanchería que terminó absuelta, y a Marcela Acuña, la dirigente social condenada como partícipe primaria del femicidio.
Ojeda trabaja en el Poder Judicial desde 2009 y se desempeña en la Defensoría Oficial desde octubre de 2019. Ya había pasado por juicios por jurados, pero esta fue su prueba de fuego: un proceso de altísima exposición pública, con un clima social cargado y con una defensa partida en dos planos muy distintos. Por un lado, una mujer pobre, vulnerable y casi invisible para el expediente, que pasó 2 años y 5 meses presa “sin prueba en su contra”. Por el otro, una dirigente con una condena social previa que parecía imposible de revertir.
Antes del juicio, el Ministerio Público de la Defensa intentó designar otros defensores para la dirigente social. Varios se excusaron, hasta que finalmente recayó en Ojeda la defensa de las dos imputadas. Ella misma planteó la imposibilidad de representarlas simultáneamente por eventuales intereses contrapuestos, pero sus objeciones fueron rechazadas. “Todo lo que yo planteé en el juicio es lo que obra en el expediente desde el inicio”, dirá después.
Durante el debate, sus intervenciones se hicieron notar. En la novena audiencia, sus preguntas, junto con las de la defensora Olga Mongeló, dejaron en evidencia contradicciones del subcomisario David De León sobre el secuestro de una nota y pastillas que Marcelina Sena intentó hacer llegar a su hermano Emerenciano en la Comisaría Tercera. Ojeda marcó, además, que el acta de secuestro solo estaba firmada por policías y un empleado de la comisaría, sin testigo civil, pese a que los protocolos lo recomiendan.
También expuso una inconsistencia en el testimonio de un amigo de Cecilia, que aseguró que la joven le había contado, por WhatsApp, que Marcela Acuña le había conseguido el supuesto trabajo en el sur. Cuando Ojeda le hizo leer los chats en voz baja, el testigo tuvo que admitir que ese dato nunca aparecía en las conversaciones.
En esta entrevista con Perfil, Ojeda repasa el trabajo con Reinoso, la reconfiguración de la defensa de Acuña, el peso de la mediatización, la palabra “clan” como “construcción de odio” y el desafío de seguir litigando después de un veredicto adverso.
“Reinoso estuvo 2 años y 5 meses presa sin prueba en su contra”
Para Ojeda, el caso de Griselda Reinoso es una interpelación directa a todo el sistema. La casera de la chanchería pasó más de dos años detenida, primero aislada en una comisaría de varones y luego en la alcaidía femenina. Según la defensora, “lo que pasó en el juicio es lo que ya estaba en el expediente: no había absolutamente nada en su contra”.
Desde el inicio, la defensa de Reinoso pidió su libertad y más tarde su sobreseimiento. Nada prosperó. El argumento habitual para rechazarlo fue que el “ámbito natural” para determinar culpabilidad o inocencia era el juicio por jurados. Recién cuando el tribunal popular la declaró no culpable, la mirada social pareció cambiar. “Hoy ella puede caminar tranquila por la calle”, dice Ojeda. “Entendieron que fue víctima de cómo se mediatizó el caso”.
Marcela Acuña, la condena social y una teoría del caso que no convenció al jurado
Si en Reinoso la tarea era desmontar el prejuicio, con Marcela Acuña el desafío era aún más difícil: defender a una de las figuras centrales de la causa, señalada durante dos años como parte de un “clan criminal”. Ojeda buscó encuadrar su conducta en el delito de encubrimiento agravado y sostuvo en sus alegatos que no había pruebas de un plan criminal previo.
“Mi teoría del caso es sólida”, sostiene. Está convencida de que el uso reiterado de la palabra “clan” en los medios no fue inocente y que contribuyó a construir una imagen de odio hacia la familia Sena que no surgía de la prueba producida en el juicio. Habla de un “litigio paralelo” en medios y redes, que avanzaba en simultáneo al debate oral.
Aun así, evita atribuir la decisión del jurado a esa presión externa. Repite una y otra vez que quiere creer que el veredicto se basó en las pruebas. Pero no deja de remarcar que, mientras dentro de la sala se discutía sobre la autenticidad de imágenes, audios y mensajes, afuera circulaba información que nunca fue admitida en el expediente.
“Hubo dos litigios: adentro y afuera del juicio”
Ojeda defiende al sistema de jurados, pero al mismo tiempo advierte sobre los límites de un proceso sometido a una exposición continua. En su lectura, la condena social empezó “por los titulares” y continuó con filtraciones de material no incorporado al juicio, que alimentaron la idea de un clan criminal más allá de lo que se podía probar en el expediente.
“Lo que no se permitía ingresar al juicio luego surgía en los medios”, dice. No acusa a nadie en particular, pero describe una dinámica que, según ella, terminó instalando, de manera lenta, una imagen negativa que se volvía casi indiscutible en la opinión pública.
En el juicio se la vio muy activa desde el inicio hasta el cierre, con una doble representación: primero de Marcela Acuña y al final de Griselda Reinoso. ¿Cómo vivió un rol tan intenso en un debate tan expuesto?
Me tocó intervenir al inicio y al final: primero con Marcela en todo el tramo de la acusación, y después con Reinoso en la segunda parte. Eso hizo que, a diferencia de otros colegas, tuviera que levantarme constantemente, porque si no era por una, era por la otra.
Usted representaba a Reinoso desde el comienzo, pero la defensa de Acuña tuvo idas y vueltas. ¿Cuándo comenzó formalmente a intervenir por ella?
Unas semanas antes de las audiencias preliminares que comenzaron en mayo. Yo estaba desde el inicio con Griselda Reinoso. En el caso de Marcela, como siempre tuvo defensa particular, cuando le notificaron que debía designar un abogado y eligió la defensa oficial, la causa pasó por varios colegas que no podían asumir, cada uno con sus argumentos. Finalmente me designaron a mí para ambas. Presenté planteos sobre la imposibilidad de ejercer la defensa de las dos por eventuales intereses contrapuestos, pero fueron rechazados. Eso fue en 2024. Recién este año, cuando me notifican el rechazo de los recursos, comienzo a intervenir por Marcela.
Logró que el jurado declare no culpable a Griselda Reinoso. ¿Qué balance hace de esa defensa y qué significó ese momento para ella?
Con Reinoso trabajamos desde el día en que fue detenida y desde ese momento informamos a la fiscalía sobre su inocencia. Es una persona vulnerable, con mucha historia detrás, y tenía dificultades para transmitir y comunicar. No tenía noción de lo que estaba pasando ni de la magnitud del caso.
Al ser detenida, fue alojada en una comisaría de varones, sola en una habitación, sin contacto con nadie. No podía salir a los pasillos ni al patio. Estuvo muy aislada. Después de un planteo ante la Cámara de Apelaciones, donde informé su situación y el incumplimiento de reglamentaciones sobre alojamiento de mujeres, la trasladaron a la alcaidía de mujeres. Allí, según me contó, recién tomó conocimiento del caso al verlo en televisión.
Pedimos su libertad cada vez que fue posible y ella declaró como imputada cuando fue citada, pero no obtuvimos respuesta favorable. En las audiencias preliminares, lo primero que pedimos fue su sobreseimiento, porque lo que ocurrió en el juicio era exactamente lo que estaba en el expediente: no había absolutamente nada en su contra. Pero tampoco se hizo lugar.
¿Por qué cree que, pese a esa falta de prueba, no se concedió el sobreseimiento?
Entendimos que era suficiente con demostrar dónde estaba ella y aportamos toda la evidencia posible: distancias, visibilidad del lugar, el trabajo del licenciado Bled y del señor Ríos (dueño de una propiedad cercana al campo de los Sena). Esa foto permitió mostrarle al jurado dónde estaba ese día.
Pero desde el inicio hubo mucha mediatización. La gente opinaba sin conocer el expediente y eso generó prejuicios. Cuando se rechaza un sobreseimiento suele ser porque se considera que el lugar para resolver es el juicio por jurados. La jueza entendió que debía decidirse ahí, y que si no había acuerdo entre las partes, no podía dictarlo.
Reinoso estuvo presa dos años y cinco meses, y nadie le devuelve ese tiempo. Pero hoy puede caminar tranquila porque la sociedad entendió que no tenía nada que ver.
Antes del juicio, Reinoso estaba asociada mediáticamente al resto de los imputados. ¿La considera una víctima de esa mediatización?
Sí. Creo que fue una víctima de cómo se mediatizó el caso. Estuvo presa sin pruebas en su contra. Eso debería interpelar a todos los operadores, no solo a los fiscales que la imputaron, sino a quienes rechazaron los planteos, incluso cuando desde el inicio su situación era la misma que llevamos al juicio.
En el caso de Marcela Acuña usted fue la única defensora que no pidió la no culpabilidad directamente sino una calificación menor. ¿Qué evaluación hace de ese trabajo y le sorprendió el veredicto?
Con Marcela trabajé mirando el expediente como si fuera alguien ajeno, porque antes solo lo había visto desde la órbita de Reinoso. Todo lo que planteé es lo que está en el expediente desde el inicio. Las pruebas que expuse y produje son las que están allí. De la entrevista con ella y de las pruebas surgió todo lo que llevé al juicio.
Considero que mi teoría del caso es sólida y que aporté las pruebas correspondientes. El jurado tomó otra decisión. Aceptar lo que planteé implicaba declarar no culpable a Marcela, y había mucho alrededor del caso. No creo que haya sido una decisión sencilla, pero sostengo cada punto porque es lo que sucedió y voy a seguir bregando por eso en las instancias que corresponden.
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¿Qué cree que influyó en la decisión del jurado?
Desde el inicio, la mediatización del caso comunicó cosas que no eran lo que estaba en el expediente. En el juicio se vio claramente que lo que se podía producir allí no coincidía con lo que se decía afuera. Siempre planteé que no existió un plan. Y desde los medios se instaló la palabra “clan”, que no es inocente: creó una imagen de odio hacia ese grupo familiar. Esa palabra nunca apareció en el juicio porque la jueza la prohibió para evitar prejuicios en los ciudadanos.
También hubo un litigio paralelo: pruebas que no ingresaban al juicio por no estar autenticadas luego aparecían en los medios. No sé quién las difundía. Se hicieron los planteos correspondientes, pero era una realidad: lo que no entraba al juicio aparecía afuera.
Tras el trabajo realizado, ¿en algún momento creyó que podía obtener un veredicto distinto?
Llevé lo que sucedió y, a partir de ahí, dependía del jurado. Me han escrito respecto a la tranquilidad con la que hablé por primera vez ante los medios. Esa tranquilidad tenía que ver con que hice un trabajo honesto, con todas las herramientas disponibles y con una conducta ética. Defendí lo que consideré verdadero y lo que estaba en el expediente. No tenemos acceso a las deliberaciones, así que habrá que revisar qué pudo influir, pero siempre estuve tranquila con mi trabajo.
Después de la absolución, ¿pudo hablar con Reinoso?
Sí. Estaba muy esperanzada porque nadie la había mencionado en el juicio y era difícil sostener una acusación cuando no estaba en el lugar del hecho. Ella rezaba y estaba confiada. Su comportamiento fue siempre el mismo: sentada, casi invisible. Nos agradeció el trabajo. Seguimos en contacto para acompañarla: reinsertarse después de dos años y medio no es fácil, aunque tiene su grupo familiar.
¿Y qué pasó con Marcela Acuña tras el veredicto?
También hablamos. Estuvimos con ella después del incidente con el doctor Ricardo Osuna para evitar que la situación continuara. Sabíamos que el veredicto adverso era una posibilidad. Vamos a seguir trabajando con todo lo que tenemos. Tengo un equipo excelente y se vio en el trabajo puntilloso que hicimos.
El 26 de noviembre será la audiencia de cesura. ¿Qué puede suceder a partir de allí?
Ese día comienza la cesura. La jueza evalúa los artículos 40 y 41 del Código Penal. Puede haber pedidos de prueba tanto de la fiscalía como de la defensa. No se resolverá todo ese día, por eso hay varias audiencias previstas. Luego la jueza dictará las penas y, notificadas, tendremos plazo para recurrir en Casación si corresponde. Hago defensa técnica y material, así que dependerá también de lo que mi asistida solicite.