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FALLO

Una exdiputada de Chaco llevó a juicio a ANSES y la Justicia consideró político su despido

Dorys Arkwright había sido gerente de ANSES en Castelli y fue desvinculada en 2020. Aunque en primera instancia perdió la demanda, la Cámara Federal revirtió el fallo. Seis años después, una nueva resolución volvió a mover el expediente por honorarios aún impagos.

Dorys Lilian Arkwright
Dorys Lilian Arkwright | Facebook

La Cámara Federal de Resistencia dictó este 19 de agosto una nueva resolución en la causa iniciada por la exdiputada provincial Dorys Lilian Arkwright contra ANSES, a raíz de su desvinculación del organismo en 2020. El expediente ya había tenido un fallo clave en 2024, cuando la Justicia consideró que su despido fue arbitrario y estuvo motivado por razones políticas.

El fallo conocido ahora, sin embargo, no modifica aquella sentencia de fondo ni vuelve a discutir si correspondía indemnizar a Arkwright. La controversia actual es mucho más acotada: gira alrededor de los honorarios de uno de los profesionales que intervino en el expediente, que fueron declarados firmes y permanecen impagos.

La resolución sirve, no obstante, para reconstruir una historia judicial que comenzó poco después del cambio de gobierno nacional de 2019 y que atravesó decisiones completamente opuestas antes de llegar al resultado que favoreció a la exlegisladora chaqueña.

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De la gerencia de ANSES al juicio contra el organismo

Arkwright había ingresado a ANSES el 23 de junio de 2016 y fue designada gerente de la oficina de Juan José Castelli, dependiente de la UDAI Sáenz Peña, por Leandro Zdero, quien en ese momento era jefe regional del organismo. La resolución de nombramiento establecía que lo hacía “transitoriamente, sin estabilidad en el cargo y ad referéndum de la Jefatura de Gabinete de Ministros”. Permaneció en esa función hasta el 10 de febrero de 2020, cuando fue desvinculada mediante la Resolución 26/2020.

Tres meses después, el 27 de mayo de 2020, inició una demanda laboral por despido sin causa contra ANSES por $2.424.494. El reclamo comprendía indemnización por antigüedad, integración del mes de despido, falta de preaviso, distintas multas laborales, certificados e intereses. En marzo de 2021 amplió la demanda e incorporó un pedido de reparación por daño moral, al sostener que su salida había sido parte de una serie de despidos motivados políticamente contra personas incorporadas durante la administración nacional de 2015-2019.

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ANSES rechazó esa interpretación. El organismo sostuvo durante el proceso que Arkwright había ocupado un cargo gerencial de carácter transitorio, sin estabilidad y ligado a la conducción política que la había designado. Para la administración previsional, el vínculo no podía equipararse al de un empleado permanente y, por lo tanto, la finalización de la designación no generaba el derecho indemnizatorio que reclamaba.

Esa posición encontró inicialmente respaldo judicial. El 2 de septiembre de 2024, el juez federal de primera instancia rechazó la demanda. Consideró que la relación era transitoria, que Arkwright había sido designada directamente en una función de conducción y que conocía desde el comienzo las condiciones bajo las cuales había ingresado al organismo. La exdiputada apeló.

Dorys Arkwright y Leandro Zdero

La Cámara dio vuelta el fallo

El escenario cambió por completo el 15 de noviembre de 2024. La Cámara Federal de Resistencia hizo lugar al recurso de Arkwright y revocó la sentencia que había rechazado su pretensión. Para las camaristas, la realidad de la relación laboral mostraba elementos distintos a los invocados por ANSES.

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Entre otras circunstancias, el tribunal tuvo en cuenta que Arkwright había permanecido casi cuatro años en el organismo, que estaba registrada ante los sistemas oficiales como trabajadora “a tiempo indeterminado”, que tenía categoría 21, cumplía una jornada de ocho horas y cobraba adicionales por jefatura y productividad. También señaló que durante ese período no surgían de su legajo sanciones, sumarios ni apercibimientos.

Sobre esa base, la Cámara entendió que debía prevalecer la realidad del vínculo y concluyó que la relación había sido permanente y alcanzada por el convenio colectivo de ANSES, en lugar de considerarla simplemente “personal político” sujeto a la duración de una determinada administración.

Pero la parte de mayor impacto político de la sentencia apareció al analizar por qué había sido despedida: el tribunal consideró acreditados indicios suficientes de que la desvinculación estuvo atravesada por razones políticas. Entre los elementos ponderados mencionó declaraciones públicas de autoridades de ANSES vinculando cesantías con pertenencias políticas, testimonios incorporados al expediente y diferencias de trato respecto de otros agentes que continuaron trabajando después del cambio de administración.

La sentencia sostuvo que la desvinculación aparecía motivada de manera encubierta por la afinidad política de Arkwright con el espacio que gobernaba al momento de su ingreso (macrismo) y consideró que los testimonios aportados constituían indicios suficientes para avanzar sobre el reclamo por daño moral. El tribunal encuadró esa situación dentro de la protección prevista por la Ley 23.592 contra actos discriminatorios.

Como consecuencia, ANSES fue condenada a pagar indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones proporcionales de 2020, el incremento previsto por el artículo 2 de la Ley 25.323, intereses desde febrero de 2020 y una reparación por daño moral. Para este último concepto, la Cámara tomó como referencia un año de remuneraciones y consignó en el fallo el equivalente a 13 salarios de $108.685,74 cada uno.

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ANSES quiso llegar a la Corte

El organismo previsional no aceptó aquella resolución e interpuso un recurso extraordinario federal con la intención de llevar la discusión a la Corte Suprema. Entre sus argumentos, insistió en que Arkwright había ocupado un cargo político y transitorio y advirtió que una interpretación contraria podía generar consecuencias sobre la capacidad de una administración para modificar sus cuadros de conducción cuando cambia el gobierno.

La Cámara volvió a pronunciarse el 27 de diciembre de 2024 y denegó el recurso extraordinario. Consideró que ANSES no había logrado demostrar los requisitos necesarios para habilitar esa vía ni desarrollado una crítica suficiente contra los fundamentos centrales de la sentencia.

El nuevo capítulo, seis años después

La causa reapareció ahora por una cuestión derivada de aquella extensa disputa. En octubre de 2025 fueron regulados honorarios a favor del abogado Pablo Ernesto Núñez, equivalentes a 13,62 UMA más otras 5,44 UMA por su intervención en doble carácter. En noviembre de ese año fueron considerados firmes, consentidos e impagos.

Ante la falta de pago, en mayo de 2026 el juez de primera instancia intimó a ANSES a cancelar los honorarios dentro de diez días hábiles y estableció que, en caso de persistir el incumplimiento, podrían aplicarse astreintes de $30.000 por cada día de demora, incluso sobre la persona que ejerciera la dirección del organismo.

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ANSES apeló y este miércoles la Cámara le dio la razón únicamente sobre ese punto. Las juezas entendieron que el régimen legal específico aplicable al organismo previsional impedía utilizar esas sanciones conminatorias en las circunstancias del caso y revocaron el apercibimiento de $30.000 diarios. Al mismo tiempo, dejaron expresamente a salvo el derecho del profesional a ejecutar judicialmente sus honorarios por las vías correspondientes.