OPINIóN

Triple filiación y el amor como motor

El elemento estático e inmodificable es lo biológico pero lo dinámico se construye con amor día a día, ya que la relación afectiva recíproca de pertenencia familiar se percibe y se actúa como padre/madre-hijo, aun sin vínculo jurídico. 

Padre con bebé
Padre con bebé | SHUTERSTOCK

En los últimos días, se destacó la noticia de una sentencia de triple filiación concedida a un niño pequeño beneficiado como hijo de una madre (recientemente fallecida) y dos padres (la pareja varón de la madre que lo reconoció y lo trató como hijo, y el padre biológico que lo reclamó como tal).

Sabemos en nuestra sociedad igualitaria, que un hijo puede tener una mamá y un papá, o dos mamás, o dos papás, pero… ¿puede tener tres progenitores?

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Es conveniente analizar esto por partes. En nuestro derecho tenemos tres fuentes de filiación, o tres formas de ser hijo con iguales derechos: por naturaleza (fruto de relación sexual fértil entre un varón y una mujer), por TRHA (por voluntad “procreacional” mediante técnicas médicas de reproducción humana sin relación sexual, con o sin donante de gametos) y por adopción judicial de un niño sin familia continente (o ya mayor con su consentimiento). Por lo cual, el solo trato de amor como padre no es suficiente.

Existe una regla jurídica que imita la naturaleza e impone que un hijo no puede tener más de dos progenitores. Pero también hay una regla superior, constitucional y de Tratados Internacionales, que impone el respeto por la identidad familiar como derecho humano, y en caso de niños, impone una consideración primordial por su interés superior según les convenga en su caso concreto.

En sentencias de triple filiación predominan las dos últimas reglas. Desde el año 2015, hay sentencias de tres progenitores para nacidos a través de técnicas médicas a pedido de los adultos. Además de la pareja lésbica que tiene el hijo con ayuda de la ciencia, se suma al varón donante de los genes del hijo, lo que también protege la identidad familiar biológica del nacido.

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Lo novedoso e importante, es que últimamente, se ha concedido pluriparentalidad reconociendo la socioafectividad (el trato amoroso de padre) en protección de la identidad familiar dinámica del hijo, en casos con hechos como los de la crónica mencionada (Tucumán 2020, Salta 2021, Santa Cruz 2021). Y en triple filiación adoptiva (Córdoba 2020), fue concedida la adopción de una niña a una mujer, y a los dos varones que actuaron como padres: el ex marido de la mujer y el actual marido.

En estas decisiones judiciales se ha tenido en cuenta lo que más le convenía al niño según sus circunstancias, el respeto a su identidad familiar (lo que identifica y distingue de los demás) y la pertenencia a una familia determinada. El elemento estático e inmodificable es lo biológico (el ADN aportado en la fertilización del óvulo por el espermatozoide), pero lo dinámico se construye con amor día a día, ya que la relación afectiva recíproca de pertenencia familiar se percibe y se actúa como padre/madre-hijo, aun sin vínculo jurídico. 

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Estas sentencias nos hacen repensar la paternidad desde la perspectiva del amor. Qué mejor para un niño que lo beneficien dándole también un padre que quiere ser su padre y se comporta como tal.

 

* Graciela Ignacio. Docente de la carrera de Abogacía de UADE.