OPINIóN
Debate vigente

Sobre boleta única y administración de comicios

Cuál es el lugar que tienen los organismos encargados de gestionar comicios y cuál es el nivel de confianza en la administración de los comicios.

Boleta Única de Papel
Boleta Única de Papel. | Telam

El año que viene se alcanzan los primeros 40 años de democracia electoral (continuada) en la historia argentina. El debate plural y democrático que se desarrolla en el Congreso Nacional honra ese aniversario y muestra la consolidación de la democracia y de las elecciones en nuestro régimen político. Resguardar la forma en la que se presenta la oferta electoral a la ciudadanía es apuntar también a una mejor democracia.

De la boleta única papel (BUP) se ha hablado mucho, en estas líneas apunto a otra cuestión no tan comentada que tiene que ver con los organismos encargados de gestionar los comicios. Cabe aclarar que de una constelación de tareas distribuidas entre la Cámara Nacional Electoral (CNE), los Juzgados Federales con competencia electoral (y las Juntas Electorales Nacionales), la Dirección Nacional Electoral (DINE) del Ministerio del Interior y otros organismos auxiliares (como el Comando Electoral y el Correo Argentino) se articula la administración de las elecciones nacionales en Argentina.

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Pero entre ellos se destacan dos organismos: la CNE y la DINE. Si bien la CNE fue originalmente creada como tribunal de alzada de los Juzgados Federales con competencia electoral, dentro del Poder Judicial de la Nación, ha ido sumando responsabilidades. Actualmente es la máxima autoridad de aplicación de la legislación político-electoral a nivel nacional y, además de sus funciones jurisdiccionales, cuenta con facultades reglamentarias, operativas y de fiscalización en materia de administración electoral. La DINE, por su parte, es el organismo técnico del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) especializado en materia de administración electoral, el cual programa y ejecuta la política nacional electoral, funciona en el ámbito del Ministerio del Interior y posee direcciones específicas que se ocupan de diferentes áreas técnicas, tales como: campañas, capacitación, cartografía, logística, etc.

El dictamen del 31 de mayo menciona 8 (ocho) veces a la CNE, 4 (cuatro) veces al Poder Ejecutivo, de las cuales una mención es de forma y tres para indicar que debe proveer recursos a la Justicia Electoral Nacional. El correo oficial figura en 3 (tres) ocasiones y, por último, la Dirección Nacional Electoral (DINE) del Ministerio del Interior, aparece 2 (dos) veces, en función de la nueva redacción del artículo 32 de la Ley 26.571, no por algo vinculado a la BUP.

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De modo que la CNE, siempre según el dictamen mencionado, quedaría a cargo de varias funciones importantes de administración electoral en caso de aprobarse la BUP, como diseñar la boleta única de papel, la campaña de difusión y capacitación ciudadana y la implementación del voto postal (la CNE actualmente ya se encarga del voto consular, de argentinos residentes en el exterior).

Ahora bien, si por la actual coyuntura la oposición no posee confianza en un organismo electoral porque depende del PEN (la DINE) pero sí en otro que depende del Poder Judicial (la CNE), el día de mañana esto puede ser al revés, y quienes hoy confían en uno lo harían en el otro y viceversa, siguiendo el viento de las alternancias democráticas. El tema de la confianza en la administración de las elecciones no es menor. Según el Informe Anual de Latinobarómetro de 2021, la Argentina se ubica en la anteúltima posición de América Latina en términos de confianza ciudadana en la institución electoral, apenas un 15% le muestra su confianza, mientras que Paraguay y Honduras (con 13%) empatan en el fondo de la tabla. En lo que hace a confianza en la institución electoral en la región, encabezan Uruguay (64%) y Colombia (54%).

Según el Informe Anual de Latinobarómetro de 2021, la Argentina se ubica en la anteúltima posición de América Latina en términos de confianza ciudadana

A las denuncias cruzadas y sospechas (casi folclóricas) que tenemos cada elección nacional (pese a que las fuerzas políticas siempre han acordado que no se ha producido manipulación de resultados en ninguna elección nacional, al menos post 1983) se sumarían las que pueden originarse fruto de los problemas de implementación de un nuevo instrumento de voto.

Parecería prudente oficializar primero con claridad la nueva distribución de funciones, definir competencias, responsabilidades y mecanismos de rendición de cuentas de los organismos electorales nacionales en un plexo normativo específico, en pos de colaborar a la mayor solidez de una reforma electoral integral como la que se está discutiendo. Redistribuir funciones de manera solapada no ayuda a la transparencia, claridad en las competencias es lo que requiere la implementación de una política pública electoral tan delicada como lo es aquella que apunta a cambiar la forma de votar.

*Docente en la Escuela de Política y Gobierno, Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Católica Argentina (UCA).