POLICIA
Ocurrido en 2020

La Cámara de Casación confirmó las condenas a los rugbiers por el asesinato de Fernando Báez Sosa

El Tribunal ratificó las sentencias que en 2023 recibieron los ocho imputados: cinco de ellos deberán cumplir prisión perpetua, mientras que los otros tres pasarán 15 años en la cárcel.

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Momento en que los rugbiers escuchan la sentencia. Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi fueron condenados a la pena de prisión perpetua por ser coautores del delito de homicidio doblemente agravado. | cedoc

La Cámara de Casación de la Provincia de Buenos Aires confirmó las condenas que recibieron los ocho rugbiers que asesinaron a Fernando Báez Sosa, en el crimen que ocurrió 18 de enero de 2020 a la salida de un boliche de la ciudad bonaerense de Villa Gesell.

Luego de dos instancias de revisión del fallo que había realizado el tribunal N°1 de Dolores, los jueces de la Sala II, Fernando Mancini y María Florencia Budiño, consideraron que el homicidio del joven de 18 años se cometió con premeditación y confirmaron cada pena.

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De esta manera, Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi deberán cumplir la sentencia de prisión perpetua. Por su parte, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, recibieron 15 años de cárcel al ser encontrados culpables como "partícipes secundarios".

Los rugbiers condenados por el crimen de Báez Sosa 20240116
Los rugbiers condenados por el crimen de Báez Sosa.

El asesinato ocurrió frente a la discoteca Le Brique en la ciudad balnearia, tras una discusión que había ocurrido dentro del boliche. Luego de tres años, en febrero de 2023, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores impuso las condenas que este viernes 22 quedaron firmes. 

Existe una instancia judicial más que es la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que deberá pronunciarse en el caso de que las partes presenten recursos extraordinarios. Para recurrir a esa instancia tienen 10 días a partir de hoy.

De acuerdo al tribunal, en el juicio oral de primera instancia quedó acreditado que tras la pelea que protagonizaron los acusados y las víctimas en el interior del boliche, Báez Sosa se fue a una heladería ubicada en la vereda de enfrente y que los acusados, reunidos, esperaron que un móvil policial que estaba allí se retirara para atacar al joven en grupo.

La defensa de los condenados había pedido que el crimen se considerara como un homicidio en riña, figura legal que tiene un a pena menor, pero los camaristas tomaron el pedido de eliminar de la calificación el agravante de la alevosía y mantuvieron firme la premeditación de los asesinos como agravante.

FP RB CP