El juez de Menores Enrique Velázquez, quien investiga la muerte de un delincuente a manos del policía Luis Chocobar, solicitó un análisis cuadro por cuadro del video que muestra el episodio ocurrido en La Boca en diciembre último tras el asalto a un turista estadounidense.
Fuentes judiciales explicaron que las imágenes captadas por una cámara de seguridad, que se extienden por 30 segundos, serán estudiadas de forma exhaustiva para establecer si la versión del hecho dada por el efectivo tiene asidero o si, por el contrario, encubre un delito aún más grave que el elegido por el magistrado para procesarlo.
Es decir, en el Juzgado Nacional de Menores Nº 7 siguen investigando si Chocobar (30) le disparó a Juan Pablo Kukoc (18) estando ya caído, con lo cual se agravaría la calificación penal que actualmente pesa sobre él, ya que se agregaría la alevosía.
Además, el juez Velázquez ordenó que se realice un análisis físico-químico del proyectil que mató al joven y también de las prendas de la víctima para determinar con estos elementos la distancia del disparo, la dirección y otros elementos que aún restan conocer.
Si bien algunos ya declararon, también se convocó a los testigos del episodio que tuvo lugar el 8 de diciembre del año pasado, cuando Kukoc y un cómplice menor asaltaron y apuñalaron al turista y fotógrafo estadounidense Frank Joseph Wolek (54).
La última novedad en esta causa se había producido el 22 de marzo, cuando Chocobar quedó a un paso del juicio oral acusado del delito de “homicidio agravado por la utilización de arma de fuego cometido en exceso del cumplimiento de un deber” luego de que la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó por “inadmisible” un recurso de queja presentado por su defensa.
De esta forma, quedó firme su procesamiento y solo resta que se fije fecha para el juicio oral en el que el policía –en caso de ser condenado– se expondrá a una pena de entre un año y cuatro meses y seis años y ocho meses de encierro.
La defensa del policía apuntaba a que Casación revocara el procesamiento dictado el 16 de febrero al considerar que sus efectos no podrían ser reparados por una sentencia posterior.
Sin embargo, la queja se declaró “inadmisible” y por eso rechazaron el pedido.