Fernando Bellido es juez de la Cámara Penal de Morón y presidente de la Asociación de Magistrados del mismo partido. En medio de la polémica que despierta el proyecto que busca modificar el Código Penal Procesal, el magistrado asegura que también debería reformarse la Ley Nacional de Ejecución Penal.
El camarista plantea que en el caso de los homicidios en la Provincia se aplica la normativa nacional o bonaerense según criterios jurídicos.
“Esto genera contradicciones, incertidumbre jurídica y sospechas de parcialidad por parte de los jueces”.
“La Ley Nacional de Ejecución se debería reformar en el mismo sentido que en la Provincia, teniendo en cuenta que ante la suma
gravedad o lo aberrante de muchos delitos, resulta inoportuno e inadecuado, que en la mitad de la condena los penados obtengan salidas transitorias, cuando además existen numerosos casos en que una vez otorgada, no regresan a la cárcel a cumplir lo que les queda”.
La Ley Nacional (24.660) sólo impide la salida anticipada en caso de homicidios “criminis causa”. En cambio, la provincial (12.256) prohíbe las salidas en delitos como homicido agravado por ensañamiento, homicidio con alevosía, femicidio, homicidio por placer, codicia, odio racial o religioso, de género o por la orientación sexual, homicidio cometido con veneno, por codicia o promesa remuneratoria, y tortura seguida de muerte.
“Para dar un ejemplo –dice el juez–, en la condena en la que resta cumplir diez o 15 años de prisión, es muy probable que el beneficiado con salida transitoria no regrese más, ya que es un sentimiento natural no querer estar en prisión esa cantidad de tiempo”.