POLICIA
CRIMEN EN VILLA GESELL

Caso Báez Sosa: sobreseen a Milanesi y confirman el juicio para ocho rugbiers

La Sala I de la Cámara de Apelaciones de Dolores dictó el sobreseimiento en un fallo dividido. De los diez detenidos el día del crimen, ocho serán finalmente juzgados.

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Alejo Milanesi (izq.) y Juan Pedro Guarino (der.), los dos acusados que fueron liberados. | Cedoc Perfil

Alejo Milanesi (20), uno de los rugbiers acusado por el asesinato de Fernando Báez Sosa (18), ocurrido en Villa Gesell en enero del año pasado, fue sobreseido por la Cámara de Apelaciones de Dolores, en un fallo en el que, además, los jueces confirmaron la elevación a juicio para ocho de los imputados que permanecen detenidos en una alcaidía penitenciaria de La Plata.

Milanesi es uno de los diez acusados -el otro es Juan Pedro Guarino (20)- que fue detenido el día del crimen, pero que 23 días después recuperó su libertad por falta de pruebas.

La resolución, a la que tuvo acceso Perfil, lleva la firma de los camaristas Fernando Sotelo, Luis Felipe Defelitto y Susana Yaltone. Según fuentes judiciales, la decisión de sobreseer a Milanesi se resolvió “por mayoría”.

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Hugo Tomei, abogado defensor del acusado, había pedido el sobreseimiento de su cliente al entender que existía una "severa violación al principio de congruencia y estado de indefensión".

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Fernando Báez Sosa fue asesinado a golpes el 18 de enero de 2020.

Para el letrado, el magistrado "suplió de oficio el hecho circunstanciado contenido en la acusación privada que no contenía descripta su conducta, en forma posterior al acto de refutación. Si el imputado no cuenta con una conducta descripta en la intimación final de cierre de la investigación penal preparatoria, la resultante lógica es afirmar que no tiene imputación de la cual defenderse".

La fiscal que investigó el caso, Verónica Zamboni, también había reclamado el sobreseimiento de Milanesi, pero el planteo fue rechazado parcialmente por el juez de Garantías David Mancinelli, al elevar la causa a juicio.

Sobre esta cuestión, los camaristas Yaltone y Sotelo votaron a favor del sobreseimiento al entender que los elementos son "inciertos y difusos".

"La primera pregunta que debemos hacernos -explicó Sotelo-, para evaluar la consistencia de cualquier pretensión, es si concluida la investigación existen elementos suficientes que permitan llevar adelante la acción, con las pruebas producidas, o incluso, pruebas que quedaran pendientes y diferidas para la etapa del juicio".

"En esta inteligencia, es que, tras evaluar la causa, arribo a la conclusión de que no las hay. Los escasos elementos invocados por el requirente son, además, inciertos, y difusos. Solo sabemos que Milanesi estuvo esa noche en Villa Gesell y no mucho más", amplió el camarista en su voto, al que adhirió Yaltone.

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"En este sentido -amplió- contrasta notablemente la detallada disección que hace la fiscal Verónica Zamboni, donde enmarca la endeblez de los elementos cargosos para sostener la acusación respecto de los imputados Guarino y Milanesi, con la homeopática referencia del acusador respecto de Milanesi, expresada en una breve carilla. De hecho, todos los elementos que invoca son hipotéticos. Parece soslayar un principio nodal de la prueba en materia procesal, cual es que el análisis de la misma debe conducir a un juicio apodíctico, no meramente conjetural".

En su voto en contra, el juez Defelitto explicó que "si la defensa solicita el sobreseimiento porque su defendido no ha cometido el delito, es imprescindible conocer cuál ha sido su participación para luego sí, analizar si el material probatorio es suficiente o no para elevar la causa a juicio. Si, tal como sostiene la defensa, sin imputación no hay de que defenderse, sin imputación (¿qué delito se le imputa?) no hay manera de analizar si lo cometió o no".

"La actuación del juez de Garantías -destacada Defelitto- de tratar esta cuestión como un mero error subsanable y actuar de oficio, ha privado a los representantes del particular damnificado de subsanar dicha omisión aun habiendo sido advertida".

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Los ocho rugbiers que serán juzgados por el asesinato de Fernando.

En consecuencia, el camarista entendió que "debe garantizarse a la víctima sus derechos conforme ley 15232, entre ellos, el efectivo acceso a la justicia" y entonces aseguró que eso "lleva a considerar que corresponde declarar la nulidad de la requisitoria efectuada por los particulares damnificados y del auto de elevación a juicio en lo que respecta a la situación procesal de Alejo Milanesi".

Respecto a la prisión preventiva de los otros ocho imputados y la elevación a juicio, los camaristas entendieron que corresponde que sean juzgados por el delito de "homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas".

De esta manera, Máximo Thomsen (20), Ciro Pertossi (20), Luciano Pertossi (19), Lucas Pertossi (21), Enzo Comelli (20), Matías Benicelli (21), Blas Cinalli (19), Ayrton Viollaz (21), quienes cumplen prisión preventiva en la Alcaidía 3 del penal de Melchor Romero, deberán enfrentar un juicio oral y público.

El crimen de Fernando Báez Sosa ocurrió el sábado 18 de enero de 2020 a las 4.40 de la madrugada del frente al boliche Le Brique, en pleno centro de Villa Gesell.

La víctima, de 19 años, fue atacada a patadas y trompadas por varias personas. Horas después fueron detenidos como autores diez rugbiers que se hallaban de vacaciones y se alojaban en una casa cercana. Dos de ellos ya fueron sobreseídos: Juan Pedro Guarino y Alejo Milanesi.