El TOF1 concedió este miércoles 4 de marzo, por unanimidad, la libertad al ex ministro de Planificación, Julio De Vido, en la causa de Río Turbio. Uno de los magistrados que integran el tribunal, Adrián Grünberg, sostuvo que "ya no había motivos para que siguiera detenido".
En octubre de 2019, cuando todavía gobernaba el macrismo, el mismo tribunal le había negado la excarcelación con el voto de Grünberg en disidencia. El magistrado basó su sufragio en dos elementos: la ley que establece que el plazo máximo de prisión preventiva es de 2 años (si bien es prorrogable ese tiempo) y la consideración que debido al avance de la causa De Vido no podía entorpecer la investigación ni tampoco escapar a la acción de la justicia.
"Yo voté en disidencia sobre todo por esos dos factores", consignó al ser entrevistado en el programa Caími A Las 6 que se emite en la AM750. "En el caso de De Vido ya con dos años de prisión preventiva, que los cumplió el 25 de octubre del año pasado, yo consideré que ya había transcurrido el plazo legal. Y estando la causa ya remitida, el expediente nuestro en tribunales, y ya culminada la fase principal de investigación —que es la de instrucción— ya no había motivos serios, certeros y concretos para pensar que él podía entorpecer esa investigación porque la principal, el nudo, ya estaba realizado en la misma fase de instrucción. Ya se elevó a juicio la causa", amplió el juez.
Ya no había motivos para que siguiera detenido, dijo Adrián Grünberg
Tras la excarcelación, Grünberg insistió: "Yo consideré que ya no había motivos para que siguiera detenido por dos causales: el tiempo que ya llevaba preso y la imposibilidad de que pudiera entorpecer la investigación o profugarse". El ex diputado fue liberado bajo dos condiciones: va a tener que presentarse ante el tribunal de forma periódica y pesa sobre él la prohibición de salida del país, con entrega del pasaporte, una medida que ya estaba dispuesta con anterioridad.
Al ser consultado por la llamada doctrina Irurzun, el magistrado consideró: "Puede haber alguna circunstancia en una causa que indique en el contexto que una persona con un poder anterior pueda continuar teniendo alguna influencia o poder que le permita sustraer las pruebas o amedrentar testigos, esto ocurre. En causas de narcotráfico acudimos a este tipo de explicaciones para mantener una prisión preventiva. No se puede generalizar. Hablando concretamente del caso de De Vido no había ninguna posibilidad o capacidad de De Vido para influenciar en la pérdida de pruebas o en alguna otra circunstancia que implique que el juicio pueda fracasar".
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Otro de los factores que le hicieron votar por su liberación es que al tratarse de una causa muy voluminosa, que requiere de muchos pasos procesales, no se sabe cuando podría iniciarse el juicio. "No vislumbro —porque la experiencia así lo indica— que el juicio sea ni a corto ni a mediano plazo. Menos de un año no va a transcurrir hasta que se pueda fijar una fecha", consideró el magistrado, quien precisó el tribunal todavía recibe documentación del juzgado que intervino en la investigación en la instrucción.
La causa de Río Turbio es la que investiga si siendo ministro De Vido desvió fondos destinados a Yacimientos Carboníferos Río Turbio, una empresa bajo control del Estado, que opera en Santa Cruz, y que ahora está administrada por el ex jefe de Gabinete, Aníbal Fernández.
B.D.N./F.F.