POLITICA

Anulan condena por homicidio: juez plagió a otro magistrado

Copió los argumentos de su colega, pero pidió una pena distinta. Cómo se resolverá la causa.

default
default | Cedoc

Los jueces de la cámara penal de Puerto Madryn anularon en forma parcial una condena a 15 años por homicidio luego de detectar que uno de los magistrados del tribunal que dictó la sentencia había plagiado el argumento del voto de uno de sus colegas.

La Justicia chubutense dispuso ahora que se realice una nueva audiencia para resolver el pedido de pena para condenar a Diego Currumil, hallado culpable por el crimen de Nelson Trigo, pero con otros jueces.

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Los jueces de la Cámara Penal de Puerto Madryn declararon parcialmente nula la pena para el acusado del homicidio tras detectar que el juez en primera instancia Horacio Yanguela copió el voto de uno de sus colegas.

"Luego de estudiar la sentencia impugnada, la misma no ha sorteado el control de constitucionalidad. No se observa ninguna irregularidad en el juicio, pero sí en la audiencia de censura de pena", explicó el camarista Rafael Lucchelli hoy en la lectura de la resolución.

En ese sentido, la cámara indicó que "el primer juez sufragante, Marcelo Orlando, dictó 18 años de prisión. El siguiente, Alejandro Defranco, razonó aplicable que Currumil merecía 12 años de prisión".

"El problema se suscitó en el tercer sufragio", correspondiente a Yangüela "cuando el magistrado plagió el voto de Defranco y llegó a otra conclusión, dictando 15 años de prisión", señaló la resolución. El juez Lucchelli señaló que "el plagio se advierte claramente realizando un sencillo ejercicio de comparar los votos".

"Es una copia casi textual del voto", remarcó la cámara al reprochar el fallo del tribunal.

"Sorpresivamente arriba a un resultado distinto", dijo el juez y remarcó que por ello "la decisión es nula por incongruente e inmotivada".

La cámara alertó, según un comunicado del Ministerio Público Fiscal, que había "una transcripción casi textual del tercer votante sobre el segundo" y "una coincidencia plena de redacción, pero el resultado es totalmente disímil". "Es inexplicable que utilizando los mismos argumentos, hayan arribado a distintas soluciones", advirtió.