POLITICA
Piden revisar los criterios

Casación revocó la prisión domiciliaria de dos represores y ordenó dictar un nuevo fallo

Fue sobre los casos de Lucio César Nast y Julio Héctor Fermoselle condenados por el Tribunal Oral Criminal Federal Nº2 de Rosario a 22 años de cárcel.

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Marcha por el día de la Memoria | Pablo Cuarterolo

La Cámara Federal de Casación Penal le ordenó al Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Rosario, Santa Fe, revocar la prisión domiciliaria concedida a dos represores. Además, le solicitó dictar un nuevo pronunciamiento bajo la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde se establecen los criterios para otorgar dicho beneficio.

Las resoluciones fueron firmadas este martes por jueces de la sala segunda del máximo tribunal penal sobre los casos de los represores Lucio César Nast (71) y Julio Héctor Fermoselle (73), quienes en 2020 recibieron condenas a 22 años de prisión.

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La agencia Télam logró acceder a los fallos donde se plasmó que los jueces de la Casación resolvieron "remitir de modo urgente las presentes actuaciones a su origen a fin de que, sin dilaciones y con los resguardos que la hipótesis impone, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo aquí sentado".

La decisión fue tomada después de que la Corte Suprema revocara las resoluciones que, por mayoría, le otorgaron indebidamente el beneficio de la prisión domiciliaria a los condenados mayores de 70 años. De esta manera, con votos del juez Alejandro Slokar y adhesión de la jueza Angela Ledesma, Casación ordenó remitir las actuaciones al tribunal oral para escuchar a las víctimas y aplicar la invariable doctrina del máximo tribunal.

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"Esta Corte estableció que existe un doble orden de razones convencionales y constitucionales por las que el Estado argentino tiene el imperativo impostergable de investigar y sancionar las gravísimas violaciones masivas a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar que configuran delitos de lesa humanidad", dictó el tribunal suprema en su fallo del pasado 14 de diciembre.

A su vez, remarcó que "a tal efecto, no solo no se pueden oponer normas internas que obstaculicen el enjuiciamiento y eventual castigo de los responsables sino que además está vedada la adopción de cualquier otro tipo de medidas que disuelvan la posibilidad de reproche".

 

22 años de prisión para los represores

Lucio César Nast y Julio Héctor Fermoselle fueron condenados a 22 años de prisión en mayo del 2020 por delitos de lesa humanidad, tales como la privación ilegal de la libertad doblemente agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso funcionar, por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes".

Asimismo, se incluyó que estos crímenes se cometieron "en concurso real con el delito de aplicación de tormentos agravados por ser las víctimas perseguidos políticos".

La sentencia quedó firme en 2021, aunque días atrás la Corte Suprema anuló las prisiones domiciliarias otorgadas en 2020, lo que devolvió la causa a Casación que la remitió "de modo urgente" al tribunal oral para que resuelva según lo estipulado por el máximo tribunal
 

LT/AS.