El proyecto de moratoria impositiva propuesta por el Poder Ejecutivo comenzará a debatirse este jueves 16 de julio en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, con la presencia de funcionarios del gobierno nacional. Alcanzaría a empresas, autónomos y monotributistas y permitiría regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio último y estará vigente hasta el próximo 31 de octubre.
La comisión virtual presidida por Carlos Heller comenzará a las 17 y se espera la participación de la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas. Una vez que el proyecto obtenga dictamen favorable, quedará en condiciones de ser tratado en el recinto.
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El proyecto de ley de ampliación de la moratoria fue enviado por el Gobierno a Diputados el pasado 7 de julio para "empresas de todo tipo de tamaño y sector", que permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio último y estará vigente hasta el próximo 31 de octubre. Se trata de una de las medidas para reactivar la economía en la etapa de post pandemia y busca dar alivio a los privados que arrastran ahogo financiero.
Entre las principales características, amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas, para regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
A continuación, los principales puntos del proyecto:
- Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
- Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
- Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
- Primera cuota vence el 16 de noviembre
- Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
- Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
- Condonación parcial de intereses y total de multas.
- Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
- Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
- Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
DR/FF