La Corte Suprema de Justicia ratificó que prescribió la causa en la que se investigaba el atentado en el que estaban acusados el periodista Horacio Verbitsky y el fundador de Montoneros Mario Firmenich por un atentado ocurrido en 1976 en el que murieron 23 personas.
La medida no sólo beneficia a Firmenich y a Verbitsky, sino también a Laura Silvia Sofovich, Marcelo Kurlat, Miguel Ángel Lauletta, Norberto Habegger y Lila Victoria Pastoriza, acusados por el ataque contra el edificio de Coordinación Federal de la Policía en julio de 1976, y asistidos en esta instancia por la defensora oficial Eleonora Devoto, informó DyN.
El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, declaró "inadmisible" y, por lo tanto, "improcedente", un último recurso intentado por las familias de las víctimas de aquel hecho.
Se trata de un "recurso extraordinario" presentado por Antonio, María Alejandra, Gabriel y María Carolina Cepeda, viudo e hijos de Josefina Melucci de Cepeda, uno de los 23 muertos que causó aquellos episodios.
Por aquel atentado también fueron acusados el periodista y escritor Rodolfo Walsh, desaparecido por la Dictadura, y José María Salgado, un ex agente de la policía sospechado de haber sido quien colocó el explosivo, y asesinado por el régimen un año más tarde.
La bomba que estalló en el edificio policial situado en Moreno 1417, del barrio porteño de Balvanera, estalló a las 13.20 en el comedor del edificio, donde había alrededor de 100 personas almorzando.
La causa fue declarada "prescripta" en primera instancia por la jueza federal María Servini de Cubría; la medida fue confirmada por la Sala Primera de la Cámara Federal y el 22 de marzo de 2011 ratificada por la Sala Primera de la Cámara Nacional de Casación Penal, con las firmas de los jueces Raúl Madueño, Juan Fégoli y Mariano González Palazzo.
Todas las instancias rechazaron declarar "imprescriptible", pese a que los querellantes argumentaban que "un crimen de lesa humanidad es un ataque sistemático y organizado contra una población civil" y que en el Estatuto de Roma, que consagró internacionalmente el concepto, "no hay nada que exija que sólo el Estado puede cometer tales crímenes".
El abogado José María Sacheri, en representación de los deudos de Melucci de Cepeda, llegó hasta la Corte Suprema, que en su último acuerdo rechazó el planteo y cerró el caso con fuerza de "cosa juzgada".