A través de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), el Gobierno nacional autorizó la realización de “microeventos” privados en el Parque Nacional Iguazú. La medida publicada en el Boletín Oficial establece un régimen "excepcional y experimental" que habilita actividades de pequeña escala en sectores de uso público, siempre que no superen los 60 participantes y cumplan una serie de requisitos ambientales y operativos.
Según detalla la norma, se considerarán microeventos “únicamente aquellas actividades de pequeña escala cuya cantidad de participantes no supere los SESENTA (60) asistentes”, y que se desarrollen exclusivamente en áreas y condiciones previamente definidas. La autorización para este tipo de actividades quedará en manos de la Intendencia del Parque Nacional Iguazú, que podrá tramitar y emitir los permisos correspondientes.
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Desde Parques Nacionales subrayaron que la iniciativa no modifica los objetivos de conservación del parque, sino que busca regular actividades de baja complejidad que ya se desarrollan en el área, bajo un marco normativo más ágil pero con controles reforzados.
La resolución fundamenta la decisión en la “necesidad operativa” planteada por la Intendencia del parque, que solicitó “agilizar el trámite de actividades de pequeña escala” que se realizan de manera sistemática, “sin implicar modificaciones permanentes ni generar impactos ambientales relevantes”. En ese sentido, se señala que estas iniciativas se desarrollan en sectores “con una escala sustentable de participantes, bajo impacto operativo y una modalidad consolidada”.

El texto oficial remarca que el Área Cataratas “constituye un sector consolidado de uso público intensivo, con infraestructura y funcionamiento orientados a la recepción de un elevado flujo de visitantes”. Según el documento, esas características permiten evaluar la viabilidad de actividades de pequeña escala.
Cuáles son las condiciones para realizar “microeventos” en el Parque Nacional Iguazú
La resolución de la Administración de Parques Nacionales establece un conjunto de requisitos obligatorios para autorizar microeventos en el Área Cataratas del Parque Nacional Iguazú, incluidas en el Anexo I. Según el texto oficial, la autorización estará condicionada al cumplimiento de una serie de pautas:
Limitaciones de uso del espacio
- Máximo de 60 participantes por evento.
- Hasta dos microeventos por día.
- Solo podrán realizarse en Áreas de Uso Público Intensivo autorizadas y dentro del horario habitual del parque.
- No podrá restringirse la circulación de visitantes.
Infraestructura y tecnología
- Prohibida la amplificación sonora.
- Prohibido el uso de drones sin autorización excepcional fundada.
- No se permiten estructuras fijas, ancladas al suelo ni cierres totales de sectores.
Gestión ambiental y modalidad “Cero-Impacto”
- Retiro del 100% de los residuos.
- Prohibición de plásticos descartables o de un solo uso.
- Manipulación controlada de alimentos para evitar el acceso de la fauna silvestre.
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De acuerdo con la resolución, la autorización ambiental se tramitará mediante un procedimiento simplificado, que incluye la presentación de una Ficha de Proyecto y una Declaración Jurada de Compromiso Ambiental.
La norma aclara que este esquema será experimental y regirá por el plazo de un año desde su publicación. Finalizado ese período, la Intendencia del Parque Nacional Iguazú deberá presentar un informe de cierre para evaluar la experiencia y definir eventuales pasos a seguir. Asimismo, será responsable del control del cumplimiento de las condiciones y podrá suspender o revocar las autorizaciones ante cualquier riesgo para el área protegida.
TZ/fl