POLITICA
Boletín Oficial

El Gobierno oficializó que Prefectura podrá volver a utilizar armas largas frente a delitos graves

El ministerio de Seguridad restituyó un protocolo aplicado durante el gobierno macrista.

Prefectura Naval Argentina 20220629
La Prefectura Naval Argentina es la fuerza de seguridad más antigua del país, una institución bicentenaria que nació con la Patria. | Cedoc Perfil

La Prefectura Naval Argentina podrá volver a utilizar armas de fuego largas en la prevención de delitos graves. La ministra Patricia Bullrich lo había anunciado el jueves y se confirmó este viernes en el Boletín Oficial. 

El Gobierno derogó una resolución de la administración de Alberto Fernández y restituyó un protocolo de 2018, durante el gobierno macrista, que más adelante será extendido a las demás fuerzas de seguridad.

Concretamante, a través de la Resolución 53/2024, el Ministerio de Seguridad de la Nación derogó una de las primeras medidas ejecutadas por la ex ministra del área, Sabina Frederic, que limitaba el uso de armas letales al argumentar que el protocolo que regía hasta entonces se alejaba de las recomendaciones del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley establecido por las Naciones Unidas.

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El protocolo en cuestión fue relanzado bajo la dirección de Patricia Bullrich en el Ministerio de Seguridad. Según el artículo 2° de la resolución publicada esta madrugada, "autorízase a los efectivos de la Prefectura Naval Argentina a la utilización de armas largas a bordo de las embarcaciones de patrullaje, adecuando esta autorización a los reglamentos internos de la fuerza".

En consecuencia, se encomendó a la Unidad de Gabinete de Asesores la elaboración, en un plazo de 30 días, de nuevos proyectos de protocolos para reemplazar aquellos que fueron derogados en diciembre de 2019.

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En los considerandos, el Gobierno criticó la resolución oficializada durante la administración de Frederic, argumentando que "ha resultado en una limitación significativa de la capacidad de defensa de los efectivos de esas fuerzas, especialmente en confrontaciones que en ciertas oportunidades se han cobrado la vida de algunos de esos efectivos a causa de agresiones que no han podido ser repelidas adecuadamente".

"Que, especialmente, la Prefectura Naval Argentina ha sido colocada en una situación desventajosa en el patrullaje de los ríos de frontera, en relación con la criminalidad organizada, debido a la restricción del uso de armamento de largo alcance", argumentó el Poder Ejecutivo.

En este contexto, subrayan que "recientemente se han registrado confrontaciones en la zona del río Paraná superior; el río Paraguay y el río Uruguay, sin que los efectivos de la PNA pudieran hacer uso de armas largas desde sus embarcaciones".

"Que el Estado Argentino asignó a la PNA las funciones vinculadas con policía de seguridad de la navegación y de cumplimiento de convenios internacionales sobre navegación; policía de seguridad y judicial en las aguas navegables y puertos nacionales, policía de prevención y represión del contrabando, de migraciones y sanitaria, y actuación con carácter exclusivo y excluyente en Zonas de Seguridad de Frontera Marítima, un objetivo de enorme importancia", se resaltó en el Boletín Oficial.

Ante esta situación, el Gobierno consideró "necesario" revocar la resolución de 2019 "e ir generando nuevos protocolos adaptados a las exigencias actuales". La cartera de Seguridad enfatizó que, dada la urgencia en relación con la Prefectura Naval, es imperativo eliminar las restricciones que esta fuerza enfrenta en cuanto al uso de armamento de largo alcance.

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La ministra Bullrich anunció ayer por la tarde la medida en conferencia de prensa, señalando: "Las armas cortas que hoy tienen permitidas no tienen el alcance necesario cuando los botes o barcos que vienen con cargamentos ilegales cruzan y se van hacia la frontera de enfrente. Sea un lugar de Argentina, Brasil o Paraguay".

En adelante, las demás fuerzas federales también regresarán al protocolo anterior. La medida, denominada internamente como "Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad", fue establecida mediante la resolución ministerial 956/2018. Según esta normativa, las fuerzas federales contarán con mayor flexibilidad para utilizar sus armas en situaciones de delitos graves y persecuciones.

Dicha norma afirmaba que:

“Se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos, en los siguientes casos:

A.) En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.

B.) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.

C.) Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad.

D.) Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención”